Resolucion Ministerial N° 286-2023-EF/10. Conforman la “Mesa Ejecutiva para el desarrollo de la Amazonía Peruana”
Fecha de publicación | 11 Agosto 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Lima, 10 de agosto del 2023
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el artículo 2 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41, este Ministerio tiene, entre otras, competencias en materias de carácter económico, financiero, fiscal, inversión pública y privada, presupuesto público, endeudamiento público, tributario, aduanero, arancelario; así como competencias para armonizar la actividad económica y financiera nacional orientadas a promover su competitividad, la mejora continua de la productividad y el funcionamiento eficiente de los mercados; y las demás que se le asignen por Ley;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2019-EF, se conforma el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas en el Ministerio de Economía y Finanzas y se establecen disposiciones para el funcionamiento de las Mesas Ejecutivas;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto Supremo establece que las Mesas Ejecutivas facilitan la coordinación público – pública y público – privada con el objeto de impulsar y promover la mejora y el desarrollo de diversos sectores productivos o transversales, a fin de mejorar la productividad del país, así como para mejorar el funcionamiento del Estado en áreas prioritarias, en concordancia con la Política Nacional de Competitividad y Productividad;
Que, asimismo, el numeral 2.3 del referido artículo 2 dispone que las Mesas Ejecutivas se conforman mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, conforme a lo establecido en el literal e) del numeral 3.2 del artículo 3 del aludido Decreto Supremo, el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas del Ministerio de Economía y Finanzas ejerce la Secretaría Técnica de las Mesas Ejecutivas;
Que, la Constitución Política del Perú señala que el Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonia; en el mismo sentido, el Tribunal Constitucional estableció que la sostenibilidad es un elemento esencial para el desarrollo económico y la prevención de la destrucción de los ecosistemas. Al respecto, es necesario mencionar que el desarrollo sostenible no impide las actividades económicas, sino que orienta a que los sectores sean responsables con el medio ambiente;
Que, la Ley N° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dispone que el Estado debe promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía, estableciendo las condiciones para la inversión...
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el artículo 2 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41, este Ministerio tiene, entre otras, competencias en materias de carácter económico, financiero, fiscal, inversión pública y privada, presupuesto público, endeudamiento público, tributario, aduanero, arancelario; así como competencias para armonizar la actividad económica y financiera nacional orientadas a promover su competitividad, la mejora continua de la productividad y el funcionamiento eficiente de los mercados; y las demás que se le asignen por Ley;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2019-EF, se conforma el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas en el Ministerio de Economía y Finanzas y se establecen disposiciones para el funcionamiento de las Mesas Ejecutivas;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto Supremo establece que las Mesas Ejecutivas facilitan la coordinación público – pública y público – privada con el objeto de impulsar y promover la mejora y el desarrollo de diversos sectores productivos o transversales, a fin de mejorar la productividad del país, así como para mejorar el funcionamiento del Estado en áreas prioritarias, en concordancia con la Política Nacional de Competitividad y Productividad;
Que, asimismo, el numeral 2.3 del referido artículo 2 dispone que las Mesas Ejecutivas se conforman mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, conforme a lo establecido en el literal e) del numeral 3.2 del artículo 3 del aludido Decreto Supremo, el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas del Ministerio de Economía y Finanzas ejerce la Secretaría Técnica de las Mesas Ejecutivas;
Que, la Constitución Política del Perú señala que el Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonia; en el mismo sentido, el Tribunal Constitucional estableció que la sostenibilidad es un elemento esencial para el desarrollo económico y la prevención de la destrucción de los ecosistemas. Al respecto, es necesario mencionar que el desarrollo sostenible no impide las actividades económicas, sino que orienta a que los sectores sean responsables con el medio ambiente;
Que, la Ley N° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dispone que el Estado debe promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía, estableciendo las condiciones para la inversión...
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