Resolucion Ministerial N° 234-2022-PCM. Modifican el Estatuto del Consejo de Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”

Fecha de publicación26 Agosto 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 25 de agosto de 2022

VISTO:

El Memorando N° D000249-2022-PCM-GA, del Gabinete de Asesores del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1 de la Ley Nº 29031, Ley que instituye los Días de los Defensores de la Democracia y crea condecoración, modificado por la Ley N° 31291, se instituyen el 22 de abril y el 12 de setiembre de cada año como Días de los Defensores de la Democracia, en homenaje a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, a los Comandos integrantes del Operativo Militar Chavín de Huántar, a los miembros del Grupo Especial de Inteligencia (GEIN) de la Dirección contra el Terrorismo (DIRCOTE) de la Policía Nacional del Perú, a los integrantes de los comités de autodefensa y ciudadanos que fallecieron, quedaron heridos o discapacitados como resultado de la lucha contra el terrorismo; así como a militares, policías, licenciados de las Fuerzas Armadas y ciudadanos que en la lucha contrasubversiva prestaron eminentes servicios a la Nación;

Que, asimismo, el citado artículo precisa que constituyen Defensores Calificados de la Democracia los mineros y personal auxiliar que participaron en la construcción de los túneles subterráneos que posibilitaron el Operativo Militar Chavín de Huántar; así como los rehenes que contribuyeron con acciones de inteligencia al Operativo Militar Chavín de Huántar. Adicionalmente, señala que la norma se aplica también a los miembros de las Fuerzas Armadas, licenciados de las Fuerzas Armadas, miembros de la Policía Nacional del Perú y comités de autodefensa que participaron en operaciones de lucha contra el terrorismo, que pusieron en riesgo su propia integridad física aun cuando no resultaron heridos ni discapacitados;

Que, a través del artículo 4 de la Ley Nº 29031, se crea la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”, la que se concederá mediante resolución suprema, en la que constará el nombre de los ciudadanos que hayan destacado en la lucha contra el terrorismo; quienes serán designados de acuerdo a los requisitos y procedimientos que se determinen en el correspondiente Estatuto, el que será aprobado por el Consejo de la Condecoración;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 076-2014-PCM se aprueba el Estatuto del Consejo de Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”;

Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 31291, Ley que modifica el artículo 1 de la Ley N° 29031, Ley que instituye los Días de los Defensores de la Democracia y crea condecoración, establece que el Poder Ejecutivo adecúa la normativa a su cargo a fin de armonizarla con las disposiciones contenidas en la citada Ley;

Que, el Consejo de la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”, conformado por el Presidente del Consejo de Ministros, quien lo preside; el Ministro de Relaciones Exteriores; el Ministro de Defensa; el Ministro del Interior; y, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; acordó modificar su Estatuto, a fin de adecuar su contenido a las modificaciones efectuadas por la Ley N° 31291, entre otros aspectos;

Que, en tal sentido, corresponde formalizar, mediante Resolución Ministerial, la modificación del Estatuto del Consejo de Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”, aprobado por Resolución Ministerial N° 076-2014-PCM;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29031, Ley que instituye los Días de los Defensores de la Democracia y crea condecoración; la Ley N° 31291, Ley que modifica el artículo 1 de la Ley N° 29031, Ley que instituye los Días de los Defensores de la Democracia y crea condecoración; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N°...

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