RESOLUCION MINISTERIAL N° 197-2015 MTC/01.02 - Aprueban valor total de tasaciones de predios afectados por ejecución de obra de rehabilitación y mejoramiento de tramo de la Carretera Juanjui - Tocache, ubicados en los distritos de Tocache y Pólvora, provincia de Tocache, departamento de San Martín

Fecha de disposición13 Mayo 2015
Fecha de publicación13 Mayo 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Miércoles 13 de mayo de 2015
552434
Aprueban valor total de tasaciones de
predios afectados por ejecución de
obra de rehabilitación y mejoramiento
de tramo de la Carretera Juanjuí -
Tocache, ubicados en los distritos
de Tocache y Pólvora, provincia de
Tocache, departamento de San Martín
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 197-2015 MTC/01.02
Lima, 29 de abril de 2015
VISTO:
La Nota de Elevación N° 347-2014-MTC/20 del
Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura
de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la
aprobación del valor total de las tasaciones de predios
afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y
Mejoramiento de la Carretera Juanjui - Tocache, Tramo:
Tocache - Pizana; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecución
de obras públicas viales, establece que la adquisición
de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se
realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los
propietarios, o conforme al procedimiento establecido en
la Ley General de Expropiaciones;
Que, los artículos , y de la Ley N° 27628 son
modif‌i cados por la Tercera Disposición Complementaria
Modif‌i catoria de la Ley N° 30025, Ley que facilita la
adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles
para obras de infraestructura y declara de necesidad
pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles
afectados para la ejecución de diversas obras de
infraestructura;
Que, según el artículo 2° de la Ley N° 27628, el valor
de la tasación será f‌i jado por la Dirección Nacional de
Construcción (actualmente, Dirección de Construcción
de la Dirección General de Políticas y Regulación en
Construcción y Saneamiento) del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, considerando lo siguiente: a)
el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y
b) una indemnización por el perjuicio causado que incluya,
en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante;
que el monto de la indemnización deberá considerar,
entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios,
incluyendo el Impuesto a la Renta, en que deberá incurrir
el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiación.
Asimismo, establece que el valor total de la tasación
es aprobado por resolución ministerial del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, cuya tasación deberá de
tener una antigüedad no mayor a dos años al momento
de su aprobación. Y según el artículo 3°, la aprobación
del valor total de la tasación se hace considerando el
monto f‌i jado por la Dirección Nacional de Construcción
y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor
comercial del predio y mejoras, de corresponder;
Que, el artículo 27° de la Ley N° 30230 modif‌i ca la
Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N°
30025 estableciendo que, tratándose de los procedimientos
de adquisición de inmuebles por trato directo iniciados
al amparo de la Ley N° 27628, antes de la vigencia de
dicha ley y que se encuentran comprendidos en la Quinta
Disposición Complementaria Final de la misma, se
autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones
a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los
alcances de la Ley N° 27628;
Que, según los antecedentes, Provías Nacional y
la Dirección Nacional de Construcción suscribieron el
Convenio Marco N° 037-2009-MTC/20 de Cooperación
Interinstitucional, para que en aplicación de la Ley N°
27117, Ley General de Expropiaciones, y la Ley N° 27628,
la referida Dirección efectúe la valuación comercial de
los predios afectados por la ejecución de obras públicas
realizadas por dicho Proyecto Especial, así como los
ejecutados por los contratos de concesión de los Proyectos
de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red
Vial Nacional;
Que, dentro de los alcances del Convenio Marco
N° 037-2009-MTC/20, ambas partes suscribieron el
Convenio Específ‌i co N° 127, de fecha 28 de diciembre
de 2012, con el objeto de efectuar la valuación comercial
de setenta y siete (77) predios afectados por la ejecución
de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera
Juanjui - Tocache, Tramo: Tocache - Pizana, ubicados en
los distritos de Tocache y Pólvora, provincia de Tocache,
departamento de San Martín;
Que, la Dirección Nacional de Construcción en
cumplimiento del Convenio Específ‌i co N° 127, mediante
el Of‌i cio N° 1901-2013/VIVIENDA-VMCS-DNC, de fecha
27 de diciembre de 2013, remitió a la Unidad Gerencial de
Estudios de Provías Nacional, setenta y siete (77) Informes
Técnicos de Tasación correspondiente a los predios
afectados por la ejecución de la referida obra vial;
Que, el Jefe de Proyectos PACRI - UGE de Provías
Nacional alcanza a la Unidad Gerencial de Estudios, el
Informe N° 208-2014.HJCA, manifestando que de los 77
Informes Técnicos de Tasación corresponde gestionar la
aprobación de las tasaciones efectuadas a 47 predios, ya
que del resto unos corresponden a posesionarios y otros
han sido observados; señala que los propietarios tienen
su derecho debidamente inscrito, que a las referidas
tasaciones se les ha agregado un porcentaje adicional
del 10% de valor comercial del predio según se detalla
en el anexo adjunto, al amparo de la Ley N° 27628,
modif‌i cada por la Ley N° 30025, y el artículo 27° de la Ley
N° 30230, culminando de esta manera los procedimientos
de adquisición directa que fueron iniciados antes de la
vigencia de la Ley N° 30025 (publicada el 22 de mayo
de 2013); asimismo, indica que dichos predios fueron
afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y
Mejoramiento de la Carretera Juanjui - Tocache, Tramo:
Tocache - Pizana, que forma parte de los tramos viales de
la Carretera Longitudinal de la Selva comprendida en la
lista contenida en la Quinta Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 30025;
Que, la Unidad Gerencial de Estudios a través del
Memorándum N° 5866-2014-MTC/20.6 dirigido a la
Unidad Gerencial de Asesoría Legal, remite los actuados a
f‌i n de que emita pronunciamiento y disponga el trámite de
aprobación de las tasaciones efectuadas por la Dirección
Nacional de Construcción;
Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de Provías
Nacional mediante el Informe N° 864-2014-MTC/20.3,
encuentra procedente la aprobación de las tasaciones de
los 47 predios materia de los Informes Técnicos de Tasación
emitidos por la Dirección Nacional de Construcción,
teniendo en cuenta la Ley N° 27628, modif‌i cada por la Ley
Que, los 47 Informes Técnicos de Tasación corresponden
a tasaciones de predios afectados por la ejecución de la
obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Juanjui
- Tocache, Tramo: Tocache - Pizana, en los cuales se
señalan que las fechas de tasación son del 01 de agosto
de 2013, predios localizados en los distritos de Tocache y
Pólvora, provincia de Tocache, departamento de San Martín;
asimismo, se señalan a los propietarios de los predios,
quienes están acreditados con las correspondientes partidas
registrales en la Of‌i cina Registral de Juanjui - SUNARP,
cuyas copias obran en los antecedentes remitidos;
Que, en observancia del marco legal señalado así
como los antecedentes que corresponden al procedimiento
de adquisición predial vía trato directo al amparo de la
Ley N° 27628, resulta procedente la aprobación de las
tasaciones mencionadas;
De conformidad con las Leyes N°s. 29370, 27628,
30025 y 30230 y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar el valor total de las tasaciones
correspondientes a cuarenta y siete (47) predios
afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y
Mejoramiento de la Carretera Juanjui - Tocache, Tramo:
Tocache - Pizana, ubicados en los distritos de Tocache
y Pólvora, provincia de Tocache, departamento de San
Martín; conforme se detalla en el Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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