Resolucion ministerial N° 1907-2023-IN. Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Fecha de publicación28 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)

Lima, 28 de diciembre de 2023


VISTOS; los Oficios Nº 001642-2023-CG/SGE y N° 00027-2023-CG/GMPL de la Contraloría General de la República, los Memorando N° D000939-2023-IN-OGIN y N° D000988-2023-IN-OGIN de la Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura, los Informes N° D000454-2023-IN-OGPP-OPMI y N° D000453-2023-IN-OGPP-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, el Informe N° D000499-2023-IN-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° D001162-2023-IN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D001108-2023-IN-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,


CONSIDERANDO:


Que, mediante la Ley N° 31638, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: Ministerio del Interior; asimismo, a través de la Resolución Ministerial N° 1770-2022-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 007: Ministerio del Interior, por la suma de S/ 10 879 548 814,00 (DIEZ MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CATORCE Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento;


Que, el artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;


Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la referida Ley N° 31358, autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de dicha ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza;


Que, asimismo, el numeral 4.2 del artículo 4 de la referida Ley N° 31358 señala que las transferencias referidas en el numeral 4.1 antes aludido, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional; la resolución del titular del pliego del gobierno nacional se publica en el Diario...

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