RESOLUCION MINISTERIAL Nº 188-2015-MC - Otorgan la distinción de 'Personalidad Meritoria de la Cultura' en el marco de las celebraciones por el 'Mes de la Cultura Afroperuana'

Fecha de disposición06 Junio 2015
Fecha de publicación06 Junio 2015
El Peruano
Sábado 6 de junio de 2015
554422
Zaña, tanto por su patrimonio monumental como por sus
tradiciones vigentes y creativas actuales, es heredera
de una larga historia en la que está inscrito el período
de cerca de tres siglos de esclavización de la población
afrodescendiente;
Que, por otro lado, una situación histórica de
invisibilización y de discriminación, tanto estructural
como simbólica, ha con gurado un escenario en el que no
existen las condiciones necesarias para que la población
afroperuana pueda alcanzar el desarrollo humano pleno en
condiciones de igualdad, situación que se condice con los
resultados recogidos en un reciente estudio realizado por
ESAN por encargo del Ministerio de Justicia (2013), donde
se indica que los derechos más vulnerados de la población
afrodescendiente son, precisamente, el derecho a no ser
discriminado 64%, el derecho al trabajo 40% y el derecho a
la identidad cultural 40%. La afectación de estos derechos
tiene como resultado un impacto negativo en el ejercicio
integral del derecho a la igualdad y el reconocimiento de
la identidad colectiva de esta población. Cabe destacar en
este mismo sentido que la Organización de las Naciones
Unidas ha proclamado el Decenio Internacional de los
Afrodescendientes (2015-2024) el mismo que bajo el signo
de reconocimiento, justicia y desarrollo, enfatiza que los
afrodescendientes representan un grupo especí co cuyos
derechos humanos deben promoverse y protegerse;
Que, por lo expuesto, es fundamental implementar un
conjunto de políticas públicas orientadas al desarrollo de la
población afroperuana e identi car y potenciar elementos
positivos y referentes simbólicos que permitan una valoración
positiva respecto a una identidad étnica cultural que hoy en
día continúa sin ocupar un espacio de ciudadanía cabal y
una valoración de estatus en la sociedad;
Que, en las manifestaciones culturales que esta
población mantiene vigentes está plasmada tanto la historia
como la personalidad de un pueblo que ha sabido superar
la discriminación con grandes capacidades de resiliencia y
mantenerse el a una identidad que potencia y reinventa,
trascendiendo las condiciones de extrema di cultad en
las que ha aparecido y desarrollado. La población de
Zaña reconoce que vivió tres siglos de esclavitud. Todo lo
anterior son componentes de su identidad, de su memoria
y de su motivación para la salvaguardia de su patrimonio
cultural inmaterial;
Que, mediante Informe N° 220-2015-DGPC-VMPCIC/
MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural hace
suyo el Informe Nº 151-2015-DPI-DGPC/MC de fecha 14
de abril del 2015, emitido por la Dirección de Patrimonio
Inmaterial y lo remite al Viceministerio de Patrimonio
Cultural e Industrias Culturales para que, de considerarlo
pertinente, lo remita a la Dirección General de Industrias
Culturales y Artes;
Que, mediante Informe N° 486-2015-DIA-DGIA-
VMPCIC/MC, de fecha 7 de mayo de 2015, la Dirección
de Artes sugiere que se continúe con el otorgamiento
del reconocimiento como repositorio vivo de la memoria
colectiva a la población de Zaña, resaltando que “las
manifestaciones artísticas de Zaña son evidencia de los
más preciados anhelos de la naturaleza humana: la libertad,
la convivencia pací ca y la felicidad. Esto debido a que en
cada danza, canto, ritmo, décima, cuento, pintura, dibujo y
demás objetos culturales que aún sobreviven y nos llegan
al día de hoy, es gracias al esfuerzo y atesoramiento de este
legado cultural, mantenido vivo por los artistas, músicos,
bailarines, cantantes, pintores, poetas, narradores, actrices
y actores, de las nuevas generaciones de Zaña”;
Que, mediante informe N° 290-2015-DGIA-VMPCIC/
MC de fecha 15 de mayo de 2015, la Dirección General
de Industrias Culturales y Artes, tomando en cuenta
las opiniones favorables de la Dirección de Patrimonio
Inmaterial y de la Dirección de Artes, solicita reconocer a la
comunidad de Zaña como Repositorio vivo de la Memoria
Colectiva, en tanto testimonio singular de la memoria
histórica y de la cultura de la población afrodescendiente;
Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales, del Director General (e) de Industrias
Culturales y Artes, de la Directora General de Patrimonio
Cultural, de la Directora de Patrimonio Inmaterial y de la
Directora General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565,
Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Ley Nº 28296,
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-
2006-ED, el Reglamento de Organización y Funciones
Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolución
Ministerial Nº 080-2011/MC y sus modi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Reconocer a la comunidad de Zaña
como Repositorio Vivo de la Memoria Colectiva, en tanto
es testimonio singular de la memoria histórica y de la
continuidad cultural de la población afrodescendiente.
Artículo 2.- Remitir una copia de la presente
Resolución a la Dirección General de Industrias Culturales
y Artes, para los trámites que correspondan.
Artículo 3.- Noti car la presente Resolución a la
Municipalidad Distrital de Zaña y al Museo Afroperuano
de Zaña, para los nes consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura
1247152-1
Otorgan la distinción de “Personalidad
Meritoria de la Cultura”, en el marco
de las celebraciones por el “Mes de la
Cultura Afroperuana”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 188-2015-MC
Lima, 3 de junio de 2015
VISTOS, el Memorandum N° 093-2015-DGCI-VMI/MC
de fecha 20 de mayo de 2015, el Informe N° 201-2015-
DPI-DGPC/MC de fecha 22 de mayo de 2015, el Informe
N° 272-2015-DGPC-VMPCIC/MC de fecha 26 de mayo
de 2015, el Informe N° 326-2015-DGIA-VMPCIC/MC de
fecha 1 de junio de 2015 y el Informe N° 576-2015-DIA-
DGIA-VMPCIC/MC de fecha 1 de junio de 2015, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura
como organismo del Poder Ejecutivo, con personería
jurídica de derecho público, estableciendo entre sus
funciones la de conceder reconocimientos al mérito a
los creadores, artistas, personas y organizaciones que
aporten al desarrollo cultural del país;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 080-2011-MC
de fecha 3 de marzo de 2011, se aprueba la Directiva N°
001-2011/MC, sobre Declaratoria de las manifestaciones
del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural
de la Nación y el otorgamiento de Reconocimientos;
Que, el artículo 11 de la mencionada Directiva establece
que el Ministerio de Cultura, mediante Resolución Ministerial,
reconoce a personas naturales y/o jurídicas, previo estudio
en cada caso particular, con alguna de las distinciones
siguientes: Personalidad Meritoria de la Cultura, Repositorio
Vivo de la Memoria Colectiva, Medalla de Honor de la Cultura
Peruana y Director Honorario;
Que, con Resolución Ministerial N° 182-2014-MC de
fecha 4 de junio de 2014, se declaró el mes de junio de cada
año como el “Mes de la Cultura Afroperuana”, en el que
se realizarán actividades destinadas a facilitar el acceso
masivo de la población a un conjunto de actividades que
el Ministerio de Cultura promoverá para el conocimiento y
valoración de los aportes de la población afroperuana a la
constitución de nuestra Nación;
Que, mediante Memorandum N° 093-2015-DGCI-VMI/
MC de fecha 20 de mayo de 2015, la Dirección General
de Ciudadanía Intercultural, en virtud del Informe N°
028-2015-DAF-DGCI-VMI/MC emitido por la Dirección
de Políticas para la Población Afroperuana, propone
a la Dirección de Patrimonio Inmaterial se otorgue el
reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura
a los señores María Milagros Carazas Salcedo, Martín
Amado Alvarado Gamarra y Marcelino Santiago Linares
Zegarra, en el marco de las actividades conmemorativas
por el “Mes de la Cultura Afroperuana” que se celebra en
el mes de junio de cada año;
Que, a través del Informe N° 201-2015-DPI-DGPC/MC
de fecha 22 de mayo de 2015, la Dirección de Patrimonio

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