Resolucion Ministerial N° 174-2022-MIMP, Aprueban el “Protocolo Intrasectorial de Prevención, Detección, Atención y Reintegración de las Personas Afectadas por el Delito de Trata de Personas”

Fecha de publicación07 Agosto 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 5 de agosto de 2022

Vistos, la Nota Nº D000815-2022-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, la Nota Nº D000780-2022-MIMP-DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer, la Nota Nº D000529-2022-MIMP-DGNNA de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes; la Nota Nº D000452-2022-MIMP-DGCVG de la Dirección General contra la Violencia de Género; la Nota Nº D000402-2022-MIMP-DPNNA y el Informe Técnico Nº D000001-2022-MIMP-DPNNA-RDC de la Dirección de Políticas de Niñas, Niños y Adolescentes; el Memorándum Nº D000499-2022-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº D000124-2022-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento; el Informe Nº D000107-2022-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional; el Informe Nº D000161-2022-MIMP-OGAJ y la Nota Nº D000223-2022-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 y el literal b) del numeral 24 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú estipulan que la defensa de la persona y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; y, que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia, nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe, y no se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley. Están prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas;

Que, mediante Resolución Legislativa Nº 27527 el Perú aprueba la convención de las naciones unidas contra la delincuencia organizada transnacional y sus dos protocolos adicionales: protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas especialmente mujeres y niños, que complementa la convención de las naciones unidas contra la delincuencia organizada transnacional y el protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire;

Que, por Decreto Supremo Nº 005-2016-IN se aprueba el “Protocolo Intersectorial para la Prevención y Persecución del Delito y la Protección, Atención y Reintegración de Víctimas de Trata de Personas”, cuyo objetivo es estandarizar procesos y procedimientos a desarrollar entre las instituciones públicas del nivel de gobierno nacional, regional y local, así como entidades privadas que cuentan con programas y servicios;

Que, el artículo 2 del citado Decreto Supremo...

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