Resolucion ministerial N° 1719-2023-MTC/01.02. Autorizan viaje de inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios

Fecha de publicación07 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Designan Jefa de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Oficina de Gestión de Proyectos, Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración, Jefe de la Unidad de Contabilidad de la Oficina de Administración, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Jefe de la Oficina de Gestión de Proyectos, y Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Autoridad Nacional de Infraestructura

Lima, 6 de diciembre de 2023


VISTOS: La Solicitud JIACP Nº 074-2023 de la empresa AEROLINEA DEL CARIBE-PERU S.A.C. - AERCARIBE-PERU S.A.C., y el Informe Nº 0536-2023-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y,


CONSIDERANDO:


Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que los viajes al exterior que realicen; entre otros, los servidores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizan mediante Resolución Ministerial del Sector, la que debe ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;


Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;


Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia y la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de evaluar las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean;


Que, mediante Solicitud JIACP Nº 074-2023, la empresa AEROLINEA DEL CARIBE-PERU S.A.C. - AERCARIBE-PERU S.A.C. solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, la designación de un inspector para realizar el chequeo de verificación de competencia de piloto y copiloto en simulador de vuelo en el equipo B-737 a su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos para el Servicio Prestado en Exclusividad S-DGAC-011 “Evaluación práctica del personal aeronáutico” del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC;


Que, asimismo, la citada empresa cumple con el pago del derecho de tramitación del servicio señalado en el considerando precedente, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración; por lo que, los costos del viaje de inspección están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante, incluyendo el pago de los viáticos;


Que, la solicitud de autorización de viaje, ha sido calificada y aprobada por la Dirección General de Aeronáutica Civil con el Informe Nº 0536-2023-MTC/12, conforme a la Orden de Inspección Nº 2245-2023-MTC/12.04 y el Informe Nº 0456-2023-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, siendo que, dicha Dirección General señala que el presente viaje resulta de interés institucional, toda vez que se realiza de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº...

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