Resolucion Ministerial N° 169-2022-MINAM. Aprueban Ficha de Homologación sobre "Servicio de limpieza de oficinas”

Fecha de publicación04 Septiembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 2 de setiembre de 2022

VISTOS; el Memorando N° 00328-2022-MINAM/VMGA/DGCA de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Oficio N° 000390-2022-PERÚ COMPRAS-JEFATURA de la Central de Compras Públicas PERÚ COMPRAS; el Memorando Nº 01091-2022-MINAM/SG/OGA de la Oficina General de Administración; el Informe N° 00004-2022-MINAM/SG/OGA/ETHM de la Coordinadora del Equipo de Homologación del Ministerio del Ambiente; el Informe N° 00412-2021-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente (MINAM) como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - Perú Compras. Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación;

Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, dispone que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por Perú Compras;

Que, asimismo, el numeral 31.1 del artículo 31 de la norma mencionada precedentemente, establece que la aprobación, la modificación y la exclusión de la ficha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca Perú Compras. Dichos actos cuentan con la opinión favorable de Perú Compras y se publican en el Diario Oficial “El Peruano”; la facultad del Titular a que se refiere este numeral es indelegable;

Que, el numeral 7.5 de la Directiva N° 006-2020-PERÚ...

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