Resolucion Ministerial N° 161-2023-MINEDU. Aprueban la modificación de catorce (14) Fichas de Homologación de Mobiliario Escolar de Metal Madera para la Educación Básica Regular

Fecha de publicación21 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 17 de marzo de 2023

VISTOS, el Expediente N° MPD2023-EXT-0068325; los Informes N° 000128-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGME y N° 000173-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGME-MOB elaborados por la Unidad Gerencial de Mobiliario y Equipamiento del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED); los Oficios N° 000679-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE y N° 000974-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED); el Oficio N° 00219-2023-MINEDU/SG-OGA de la Oficina General de Administración; el Memorándum N° 00150-2023-MINEDU/SG-OGA de la Oficina General de Administración, el Informe N° 00138-2023-MINEDU/SG-OGA-OL de la Oficina de Logística; el Informe N° 00297-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas– PERÚ COMPRAS. Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación;

Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias, dispone que, mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS;

Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del referido Reglamento señala que la aprobación, la modificación y la exclusión de la ficha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERÚ COMPRAS. Dichos actos cuentan con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario Oficial “El Peruano”. La facultad del Titular a que se refiere este numeral es indelegable;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 069-2020-PERÚ COMPRAS, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 16 de julio de 2020, PERÚ COMPRAS aprueba la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos” (en adelante, la Directiva), cuyo objetivo es establecer disposiciones generales y específicas que regulen el proceso de Homologación de...

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