Resolucion Ministerial N° 152-2023-MINEDU. Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Fecha de publicación10 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 10 de marzo de 2023

VISTOS, los documentos contenidos en el Expediente N° MPT2023-EXT-0037998, y;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución Ministerial N° 527-2022-MINEDU, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 12 629 656 942,00 (DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento;

Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modificada mediante la Décima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento para el Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;

Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la citada Ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias, en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; precisando que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, el numeral 2 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, dispone que, durante el año fiscal 2023, la implementación y operación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Publico del Pliego 022: Ministerio Público provienen del 1% de la ejecución de inversiones cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) y sean menores o iguales a S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES)...

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