Resolucion Ministerial N° 145-2023-MINCETUR. Modifican la R.M. N° 278-2018-MINCETUR, mediante la cual se aprueba a COMPAÑÍA IHC S.A.C. como empresa calificada para el goce del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV

Fecha de publicación13 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 11 de mayo de 2023

VISTOS, el Oficio N° 00313-2023-PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, el Informe N° 0018-2023-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT-SOJ y el Informe Legal N° 0034-2023-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT-MCM de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos de la Dirección General de Estrategia Turística, y el Memorándum N° 667-2023-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 24 de julio de 2018, la empresa COMPAÑÍA IHC S.A.C. celebra en calidad de Inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado para la ejecución del proyecto denominado “HOTEL BOUTIQUE IHC”;

Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, establece que mediante Resolución Ministerial del sector competente se aprueba a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, así como los bienes, servicios y contratos de construcción por los cuales se otorga tal beneficio;

Que, en el marco de la citada disposición, mediante Resolución Ministerial N° 278-2018-MINCETUR, de fecha 1 de agosto de 2018, se aprueba a la empresa COMPAÑÍA IHC S.A.C. como empresa calificada para el goce del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, así como la lista de servicios y contrato de construcción comprendido en tal beneficio tributario, según se detalla en el Anexo de dicha Resolución Ministerial;

Que, el referido Contrato de Inversión ha sido modificado mediante Adendas suscritas el 8 de enero de 2021, el 23 de julio de 2021 y el 23 de setiembre de 2022, respectivamente;

Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 002-2021-MINCETUR, Resolución Ministerial N° 112-2021-MINCETUR y Resolución Ministerial N° 256-2022-MINCETUR, se modifica el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 278-2018-MINCETUR, estableciéndose un nuevo plazo de ejecución del proyecto de inversión y/o un nuevo monto del compromiso de inversión, según lo acordado en las respectivas Adendas señaladas en el considerando anterior;

Que, la empresa COMPAÑÍA IHC S.A.C., con fecha 3 de enero de 2023, solicita la suscripción de una cuarta Adenda de modificación del Contrato de Inversión, a efecto de incrementar el monto de...

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