RESOLUCION MINISTERIAL N° 141-2015-MINCETUR - Aprueban Directiva 'Lineamientos para calificar y aprobar proyectos de interés turístico nacional o regional presentados en el marco del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, y, el Reglamento de la Ley N° 26856, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2006-EF'

Fecha de disposición20 Mayo 2015
Fecha de publicación20 Mayo 2015
El Peruano
Miércoles 20 de mayo de 2015 552835
valor a la producción mediante la utilización de sistemas
tecnológicos ef‌i cientes en toda cadena productiva;
Que, asimismo, el artículo 7 de la Ley acotada, señala
que son benef‌i ciarios de la Reconversión Productiva
Agropecuaria las personas naturales o jurídicas dedicadas
a la actividad agropecuaria en el país que se incorporen a
un programa o un proyecto determinado;
Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley N°
29736, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2014-
MINAGRI, señala que podrán participar en los programas
o proyectos de Reconversión Productiva Agropecuaria
aquellos productores que reúnan los siguientes requisitos:
a) persona natural o jurídica; b) contar con documentos
expedidos por la autoridad competente, que acredite la
condición de propietario o posesionario del predio; y c)
tener el predio bajo producción agropecuaria;
Que, mediante solicitud de fecha 01 de marzo de
2015, la “ASOCIACIÓN DE CACAOTEROS “LOS
PIONEROS” DEL CENTRO POBLADO DE MANTARO”,
ha formulado a favor de los catorce (14) productores
agrarios que se detallan en el siguiente considerando,
Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria para la
“Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM,
para la instalación y producción de Cacao quince (15)
hectáreas”, cuyo expediente signado como Pedido de
Reconversión Productiva N° 032-2015-PRP cuenta con
la opinión favorable de las Unidades de Promoción y
de Negocios del Programa de Compensaciones para la
Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, las
mismas que se encuentran contenidas en el Informe
de Evaluación PRP N°0048-2015-MINAGRI-PCC-UN,
sustentado en el Informe Técnico PRP N° 0016-2015-
MINAGRI-PCC-UN/JAR;
Que, los catorce (14) productores agrarios, referidos
en el considerando precedente; y, que han cumplido con
presentar el Compromiso de Reconversión Productiva
Agropecuaria, Constancia de Posesión y Documento
Nacional de Identidad, son los siguientes:
1. MONTES MALLQUI, LAURO.
2. HUAYANA MONTES, ARAON BIZAEL.
3. CRESPO ACUÑA, ADA.
4. AGUILAR ROJAS, POMPEYO.
5. AGUILAR VILA, NAON.
6. SOTO PEÑA, DEMETRIA.
7. RIVAS PEDRAZA, EDILBERTA
8. LOZANO QUISPE, NELSON
9. HUAYANA AVALLE, SAMUEL ELICEO.
10. RODRÍGUEZ FARFÁN, CECILIO.
11. AGUILAR URBANO, ESTEBAN.
12. CRESPO ÑAUPA, SILVESTRE.
13. ÑAUPA QUISPE, ANTONIO.
14. IZARRA LESCANO, HILDA SHIRLEY.
Que, en atención a dicho sustento técnico, la
Jefatura del Programa de Compensaciones para la
Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a
través de su Informe Final PRP N° 043-2015-MINAGRI-
PCC, emite opinión favorable por la aprobación del
Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y su
correspondiente f‌i nanciamiento, el mismo que ha sido
tramitado por el Despacho Viceministerial de Desarrollo
e Infraestructura Agraria y Riego, conforme a los nuevos
“Lineamientos Específ‌i cos para la atención del Ministerio
de Agricultura y Riego a los pedidos de Reconversión
Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle
de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro VRAEM” aprobados
por Resolución Ministerial N° 0695-2014-MINAGRI;
Estando a la opinión emitida por la Of‌i cina General
de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego
mediante el Informe N° 444-2015-MINAGRI-OGAJ; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Organizaciones y Funciones de Ministerio de
Agricultura, modif‌i cado por la Ley N° 30048, en cuanto
a su denominación; el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado
Legislativo N° 1077, Decreto Legislativo que crea el
Programa de Compensaciones para la Competitividad, Ley
N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria
y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°
019-2014-MINAGRI; y, la Resolución Ministerial N° 0695-
2014-MINAGRI, que aprueba los nuevos “Lineamientos
Específ‌i cos para la atención del MINAGRI a los Pedidos
de Reconversión Productiva Agropecuaria del cultivo de
coca en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro
VRAEM”.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del pedido de Reconversión
Productiva Agropecuaria y del f‌i nanciamiento del Plan
de Negocios
Aprobar el Pedido de Reconversión Productiva
Agropecuaria, presentado por la ASOCIACIÓN DE
CACAOTEROS “LOS PIONEROS” DEL CENTRO
POBLADO DE MANTARO, a favor de los catorce (14)
miembros que se detallan en el noveno considerando de
la presente Resolución, respecto del mismo número de
predios que conducen, ubicados en la Centro Poblado/
Caserío/ Comunidad Mantaro, Distrito de Pichari, Provincia
de La Convención, Departamento de Cusco, contenido en
el proyecto de “Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca
en el VRAEM para la instalación y producción de Cacao
en quince (15) hectáreas”, incluido su f‌i nanciamiento,
elaborado por el Programa de Compensaciones para la
Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego.
Artículo 2.- Convenio de Financiamiento y
Reconversión Productiva Agropecuaria
Remitir los actuados a la Jefatura del Programa de
Compensaciones para la Competitividad del Ministerio
de Agricultura y Riego, para la respectiva notif‌i cación a la
ASOCIACIÓN DE CACAOTEROS “LOS PIONEROS” DEL
CENTRO POBLADO DE MANTARO, a f‌i n que suscriban
con este el respectivo Convenio de Financiamiento
y Reconversión Productiva Agropecuaria del predio
señalado en el artículo 1 precedente, para cuyo efecto se
le delega la representación del Ministerio de Agricultura
y Riego.
Artículo 3.- Acciones de supervisión, seguimiento
y coordinación
Disponer según sus competencias que el Centro
Regional de Innovación Agroempresarial – CRIA Pichari y
el Programa de Compensaciones para la Competitividad
del Ministerio de Agricultura y Riego adopten las acciones
necesarias para la adecuada ejecución del proyecto
aprobado, supervisión, coordinación y seguimiento
del mismo, de acuerdo con el Plan de Negocios de
“Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM,
para la instalación y producción de Cacao en quince (15)
Hectáreas del predio antes mencionado pertenecientes
a los catorce (14) productores de la ASOCIACIÓN
DE CACAOTEROS “LOS PIONEROS” DEL CENTRO
POBLADO DE MANTARO referidos en el noveno
considerado de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1239239-10
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Aprueban Directiva “Lineamientos
para calificar y aprobar proyectos
de interés turístico nacional o
regional presentados en el marco
del Reglamento de la Ley N° 29151,
aprobado por Decreto Supremo N° 007-
2008-VIVIENDA; y, el Reglamento de la
Ley N° 26856, aprobado por Decreto
Supremo N° 050-2006-EF”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 141-2015-MINCETUR
San Isidro, 15 de mayo de 2015

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