Resolucion ministerial N° 1197-2023-MTC/01.02. Aprueban ejecución de expropiación del área afectada de un inmueble para la ejecución de la obra: “Obra Nueva Paso Peatonal 9 de Octubre, Subtramo 1 de la Red Vial Nº 6: Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica”
Fecha de publicación | 03 Septiembre 2023 |
Sección | Sección Única |
12 NORMAS LEGALES Domingo 3 de setiembre de 2023
El Peruano
/
correspondiente de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos - SUNARP, la información señalada
en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto
Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y
Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles
de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias
y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras
de Infraestructura y sus modicatorias, a efectos de
inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor del
beneciario.
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad,
proceda al levantamiento de toda carga o gravamen
que contenga la Partida Registral respecto del inmueble
afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias
con el valor de la Tasación pagado directamente o vía
consignación al Sujeto Pasivo.
Artículo 4.- Inscripción registral del bien inmueble
Disponer que la Ocina Registral correspondiente de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -
SUNARP inscriba a favor del beneciario el bien inmueble
expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
Disponer que la Dirección General de Programas y
Proyectos de Transportes , a través de la Dirección de
Disponibilidad de Predios, notique la presente Resolución
Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme
a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto
Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y
Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de
Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta
otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura,
y sus modicatorias, requiriéndole la desocupación y entrega
del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo
máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noticada
la presente Resolución, de encontrarse el área afectada del
bien inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de
estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los
procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o
toma de posesión del área expropiada del bien inmueble.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO
Ministra de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
VALOR DE TASACION DEL ÁREA AFECTADA DE UN INMUEBLE PARA LA EJECUCION DE LA OBRA: AEROPUERTO “MAYOR GENERAL FAP ARMANDO REVOREDO
IGLESIAS”, UBICADO EN EL DISTRITO DE BAÑOS DEL INCA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA
N° SUJETO ACTIVO/
BENEFICIARIO
SUJETO
PASIVO IDENTIFICACION DEL BIEN INMUEBLE
VALOR DE
TASACION
(S/)
1
MINISTERIO DE
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
GRIFO
CONTINENTAL
S.A.C.
CÓDIGO:
PM1G-AERCAJAMARCA-PR-0511
AREA AFECTADA TOTAL:
2379.37 m2
AFECTACION:
Parcial del Inmueble
1 641 211,68
LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL
AREA AFECTADA TOTAL:
*Por el Frente: Colinda con la Av. Hoyos Rubios,
mediante una línea recta de un (01) tramo de
26.30 m.
*Por la Derecha: Colinda con propiedad de
terceros; mediante una línea de un (01) tramo con
91.00 m.
*Por la Izquierda: Colinda con la propiedad de
terceros; mediante una línea de tres (03) tramos
con 31.50; 31.51; 35.20 m.
*Por el Fondo: Colinda con la carretera
Cajamarca - Otuzco; mediante una línea recta de
un (01) tramo con 26.40 m.
COORDENADAS UTM DEL AREA AFECTADA TOTAL
VERTICE LADO DISTANCIA
(m.)
DATUM - WGS84
ESTE (x) NORTE (y)
1 1-2 31.50 777051.8698 9209504.8496
2 2-3 31.51 777075.2133 9209483.6994
3 3-4 35.20 777098.9921 9209463.0189
4 4-5 26.40 777125.1162 9209439.4271
5 5-6 91.00 777101.2573 9209428.1260
6 6-1 26.30 777032.2011 9209487.3901
PARTIDA REGISTRAL: N° 11157478 de la
Ocina Registral Cajamarca, Zona Registral N°
II - Sede Chiclayo.
INFORME DE VERIFICADOR N°
019-2023-MTC/19.03-RMSS-VC de fecha
15.06.2023, suscrito por vericador catastral.
2211034-1
Aprueban ejecución de expropiación
del área afectada de un inmueble para la
ejecución de la obra: “Obra Nueva Paso
Peatonal 9 de Octubre, Subtramo 1 de la
Red Vial Nº 6: Puente Pucusana - Cerro Azul
- Ica”
Lima, 31 de agosto de 2023
VISTOS: Los Memorandos Nos. 5074 y 5417-
2023-MTC/19 de la Dirección General de Programas y
Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones; y, los Memorandos Nos. 4758 y
5155-2023-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad
de Predios de la Dirección General de Programas y
Proyectos de Transportes; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Quinta Disposición Complementaria Final
de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición,
Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras
de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la
Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados
para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura,
declara de necesidad pública, entre otros, la ejecución
de la obra de Infraestructura Vial denominada: “Red Vial
N° 6: Tramo: Puente Pucusana – Cerro Azul – Ica, de la
Carretera Panamericana Sur”, y autoriza la expropiación
de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su
ejecución;
Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1192,
Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de
Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia
de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de
Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución
de Obras de Infraestructura y sus modicatorias (en
adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 03/09/2023 01:56
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