Resolucion ministerial N° 1197-2023-MTC/01.02. Aprueban ejecución de expropiación del área afectada de un inmueble para la ejecución de la obra: “Obra Nueva Paso Peatonal 9 de Octubre, Subtramo 1 de la Red Vial Nº 6: Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica”

Fecha de publicación03 Septiembre 2023
SecciónSección Única
12 NORMAS LEGALES Domingo 3 de setiembre de 2023
El Peruano
/
correspondiente de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos - SUNARP, la información señalada
en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto
Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y
Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles
de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias
y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras
de Infraestructura y sus modicatorias, a efectos de
inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor del
beneciario.
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad,
proceda al levantamiento de toda carga o gravamen
que contenga la Partida Registral respecto del inmueble
afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias
con el valor de la Tasación pagado directamente o vía
consignación al Sujeto Pasivo.
Artículo 4.- Inscripción registral del bien inmueble
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Disponer que la Ocina Registral correspondiente de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -
SUNARP inscriba a favor del beneciario el bien inmueble
expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
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Disponer que la Dirección General de Programas y
Proyectos de Transportes , a través de la Dirección de
Disponibilidad de Predios, notique la presente Resolución
Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme
a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto
Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y
Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de
Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta
otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura,
y sus modicatorias, requiriéndole la desocupación y entrega
del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo
máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noticada
la presente Resolución, de encontrarse el área afectada del
bien inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de
estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los
procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o
toma de posesión del área expropiada del bien inmueble.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO
Ministra de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
VALOR DE TASACION DEL ÁREA AFECTADA DE UN INMUEBLE PARA LA EJECUCION DE LA OBRA: AEROPUERTO “MAYOR GENERAL FAP ARMANDO REVOREDO
IGLESIAS”, UBICADO EN EL DISTRITO DE BAÑOS DEL INCA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA
SUJETO ACTIVO/
BENEFICIARIO
SUJETO
PASIVO IDENTIFICACION DEL BIEN INMUEBLE
VALOR DE
TASACION
(S/)
1
MINISTERIO DE
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
GRIFO
CONTINENTAL
S.A.C.
CÓDIGO:
PM1G-AERCAJAMARCA-PR-0511
AREA AFECTADA TOTAL:
2379.37 m2
AFECTACION:
Parcial del Inmueble
1 641 211,68
LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL
AREA AFECTADA TOTAL:
*Por el Frente: Colinda con la Av. Hoyos Rubios,
mediante una línea recta de un (01) tramo de
26.30 m.
*Por la Derecha: Colinda con propiedad de
terceros; mediante una línea de un (01) tramo con
91.00 m.
*Por la Izquierda: Colinda con la propiedad de
terceros; mediante una línea de tres (03) tramos
con 31.50; 31.51; 35.20 m.
*Por el Fondo: Colinda con la carretera
Cajamarca - Otuzco; mediante una línea recta de
un (01) tramo con 26.40 m.
COORDENADAS UTM DEL AREA AFECTADA TOTAL
VERTICE LADO DISTANCIA
(m.)
DATUM - WGS84
ESTE (x) NORTE (y)
1 1-2 31.50 777051.8698 9209504.8496
2 2-3 31.51 777075.2133 9209483.6994
3 3-4 35.20 777098.9921 9209463.0189
4 4-5 26.40 777125.1162 9209439.4271
5 5-6 91.00 777101.2573 9209428.1260
6 6-1 26.30 777032.2011 9209487.3901
PARTIDA REGISTRAL: N° 11157478 de la
Ocina Registral Cajamarca, Zona Registral
II - Sede Chiclayo.
INFORME DE VERIFICADOR
019-2023-MTC/19.03-RMSS-VC de fecha
15.06.2023, suscrito por vericador catastral.
2211034-1
Aprueban ejecución de expropiación
del área afectada de un inmueble para la
ejecución de la obra: “Obra Nueva Paso
Peatonal 9 de Octubre, Subtramo 1 de la
Red Vial Nº 6: Puente Pucusana - Cerro Azul
- Ica”
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Lima, 31 de agosto de 2023
VISTOS: Los Memorandos Nos. 5074 y 5417-
2023-MTC/19 de la Dirección General de Programas y
Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones; y, los Memorandos Nos. 4758 y
5155-2023-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad
de Predios de la Dirección General de Programas y
Proyectos de Transportes; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Quinta Disposición Complementaria Final
de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición,
Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras
de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la
Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados
para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura,
declara de necesidad pública, entre otros, la ejecución
de la obra de Infraestructura Vial denominada: “Red Vial
N° 6: Tramo: Puente Pucusana – Cerro Azul – Ica, de la
Carretera Panamericana Sur”, y autoriza la expropiación
de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su
ejecución;
Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1192,
Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de
Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia
de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de
Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución
de Obras de Infraestructura y sus modicatorias (en
adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 03/09/2023 01:56

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