Resolucion ministerial N° 1143-2023-MTC/01.02. Aprueban ejecución de expropiación de área afectada de un inmueble para la ejecución de la obra: “Obra Nueva Intercambio Vial Bujama, Subtramo 1 de la Red Vial Nº 6: Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica”, y el valor de tasación

Fecha de publicación27 Agosto 2023
SecciónSección Única
24 NORMAS LEGALES Domingo 27 de agosto de 2023
El Peruano
/
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad,
proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que
contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden
cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado
directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos.
Artículo 4.- Inscripción registral del bien inmueble
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Disponer que la Ocina Registral correspondiente de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
- SUNARP, inscriba a favor del beneciario el bien
inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de
destitución.
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Disponer que la Dirección de Disponibilidad de Predios,
notique la presente Resolución Ministerial a los Sujetos
Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en
el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que
aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de
Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad
del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras
medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura,
y sus modicatorias, requiriéndoles la desocupación y
entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo
máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noticada
la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el
bien inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de
estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los
procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento
o toma de posesión del bien inmueble.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO
Ministra de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
VALOR DE LA TASACIÓN DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO: “CONSTRUCCION DEL ANILLO VIAL PERIFERICO DE LA CIUDAD
DE LIMA Y CALLAO”
SUJETO ACTIVO SUJETOS
PASIVOS IDENTIFICACION DEL INMUEBLE
VALOR DE
LA TASA-
CION
(S/)
MINISTERIO DE
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
EGIDIO QUISPE
ANTAY
JOSEFINA
RIVAS CCACCYA
DE QUISPE
CÓDIGO:
VIAL-AVP-T02-ST01-
150112-P-00388
AREA AFECTADA: 100.10 m² AFECTACIÓN: Total del Inmueble
426 769,88
LINDEROS Y
MEDIDAS PERIME-
TRICAS DEL AREA
AFECTADA
COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE
VERTICES LADO DISTANCIA
(m)
WGS84 PSAD 56
ESTE (X) NORTE (Y) ESTE (X) NORTE (Y)
Frente: colinda con
Calle H. Longitud
8.10 m.
Derecha: colinda
con Calle 1. Longitud
15.60 m.
Izquierda: colinda
con Lote 2. Longitud
15.20 m.
Fondo: colinda con
Lote 32. Longitud
5.05 m.
A A-B 15.60 276265.4439 8675283.5650 276488.7030 8675646.8732
B B-C 8.10 276279.0739 8675291.1533 276502.3834 8675654.3703
C C-D 15.20 276281.3976 8675283.3938 276504.6552 8675646.5954
D D-A 5.05 276266.9282 8675278.7380 276490.1550 8675642.0364
PARTIDA REGISTRAL: P013556108 perteneciente a la Ocina Registral de Lima - Zona Registral N° IX - Sede Lima
CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: emitido con fecha 27/09/2022 (Informe Técnico N° 020928-2022-ZR.N°
IX-SEDE-LIMA/UREG/CAT) por la Ocina Registral de Lima - Zona Registral N° IX - Sede Lima.
2209340-1
Aprueban ejecución de expropiación
de área afectada de un inmueble para
la ejecución de la obra: “Obra Nueva
Intercambio Vial Bujama, Subtramo 1 de la
Red Vial Nº 6: Puente Pucusana - Cerro Azul
- Ica”, y el valor de tasación
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
Lima, 24 de agosto de 2023
VISTOS: Los Memorandos Nos. 4401, 4848 y 5273-
2023-MTC/19 de la Dirección General de Programas y
Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones; y, los Memorandos Nos. 4018, 4529 y
4961-2023-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad
de Predios de la Dirección General de Programas y
Proyectos de Transportes; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Quinta Disposición Complementaria Final
de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición,
Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras
de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la
Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados
para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura,
entre otros, declara de necesidad pública la ejecución
de la obra de Infraestructura Vial denominada: “Red Vial
N° 6: Tramo: Puente Pucusana – Cerro Azul – Ica, de la
Carretera Panamericana Sur”, y autoriza la expropiación
de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su
ejecución;
Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto
Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y
Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles
de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias
y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de
Infraestructura y sus modicatorias (en adelante, la Ley),
establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de
Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia
de bienes inmuebles de propiedad del Estado y
liberación de Interferencias para la ejecución de obras
de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la
Constitución Política del Perú;
Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, dene al
Beneciario como el titular del derecho de propiedad del
inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación
o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado,
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 27/08/2023 00:19

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