RESOLUCION MINISTERIAL N° 110-2015 MTC/01 - Disponen que el Ministerio distribuirá recursos a favor de los Gobiernos Regionales, para el Año Fiscal 2015, a fin de apoyar el cumplimiento de funciones transferidas en materia de telecomunicaciones, así como para financiar la operación y mantenimiento de sistemas de telecomunicaciones transferidos en el proceso de descentralización

EmisorTRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2015
El Peruano
Lunes 16 de marzo de 2015 548655
“Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal
Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal
Centro”, así como, la rati cación de la incorporación del
mismo al proceso de promoción de la inversión privada;
Que, con fecha 23 de diciembre de 2013,
PROINVERSIÓN adjudicó la Buena Pro del Concurso de
Proyectos Integrales para la concesión del Proyecto “Red
Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte,
Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro”,
resultando adjudicataria de la Buena Pro, el Consorcio TV
Azteca - Tendai, quien, de conformidad con lo previsto en las
Bases del Concurso, constituyó la sociedad concesionaria
denominada Azteca Comunicaciones Perú S.A.C;
Que, con fecha 17 de junio de 2014, el Estado
Peruano en calidad de Concedente, representado por
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y la
empresa Azteca Comunicaciones Perú S.A.C, en calidad
de Concesionario, suscribieron el Contrato de Concesión
para el diseño, nanciamiento, despliegue, operación y
mantenimiento del proyecto “Red Dorsal Nacional de Fibra
Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal
Sur y Cobertura Universal Centro”;
Que, en virtud de lo dispuesto en las Cláusulas 25.3 y 34
del Contrato de Concesión, la Concesionaria se ha obligado
a constituir y formalizar el Fideicomiso de Administración
Red Dorsal, en calidad de Fideicomitente, con la nalidad de
administrar los Ingresos Totales y los Ingresos Disponibles y,
de ser el caso, el pago de los recursos Excedentes Netos, la
Prima por Resultados y el Co nanciamiento, entre otros; el
cual se regirá en los términos que se indican en la cláusula
34 y el Anexo Nº 5 del Contrato de Concesión;
Que, por otro lado, el Anexo Nº 5 del Contrato de
Concesión, establece que el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones - en su calidad de Concedente - participará
también como deicomitente del Contrato de Fideicomiso,
cediendo al Fideicomiso, los ujos correspondientes a las
Penalidades y el depósito de los importes correspondientes
al Co nanciamiento, en caso los Ingresos Disponibles no
sean su cientes para cubrir el pago del RPI y del RPMO;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar
la constitución de un Fideicomiso de Administración que
suscribirá el Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
la empresa Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. y La
Fiduciaria S.A., en el marco del Contrato de Concesión;
Que, conforme al artículo 6 del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo
No. 021-2007-MTC, el Ministro es la más alta autoridad
política del Sector, es el titular del pliego presupuestal y
representa al Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no
sean privativas de su cargo;
De conformidad con lo dispuesto por el inciso 24) del
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación de la constitución del
Fideicomiso de Administración
Aprobar la constitución de un Fideicomiso de
Administración que suscribirán el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, la empresa Azteca
Comunicaciones Perú S.A.C. y La Fiduciaria S.A., en
el marco del Contrato de Concesión para el diseño,
nanciamiento, despliegue, operación y mantenimiento
del proyecto “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica:
Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y
Cobertura Universal Centro”.
Artículo 2.-Autorización para suscribir el Contrato
de Fideicomiso de Administración
Autorizar al Viceministro de Comunicaciones del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para
que en representación del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, suscriba el Contrato de Fideicomiso de
Administración, cuya constitución se aprueba en el artículo
precedente.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por
el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince
días del mes de marzo del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1211849-1
Disponen que el Ministerio distribuirá
recursos a favor de los Gobiernos
Regionales, para el Año Fiscal 2015,
a fin de apoyar el cumplimiento de
funciones transferidas en materia de
telecomunicaciones, así como para
financiar la operación y mantenimiento
de sistemas de telecomunicaciones
transferidos en el proceso de
descentralización
RESOLUCION MINISTERIAL
N° 110-2015 MTC/01
Lima, 12 de marzo de 2015
VISTO:
El Memorando N° 065-2015-MTC/26 y el Informe N°
014-2015-MTC/26 de la Dirección General de Regulación

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