Lima, 12 de marzo de 2024
VISTO: El Informe Nº 0294-2023-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones y el Informe Nº 0011-2024-MTC/09.05 de la Oficina de Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto de Urgencia Nº 022-2020, Decreto de Urgencia para el fortalecimiento de la identificación y gestión de pasivos ambientales (en adelante, Decreto de Urgencia), tiene por objeto fortalecer la atención de los pasivos ambientales ubicados en el ámbito continental y el zócalo marino del territorio nacional, generados por actividades productivas, extractivas o de servicios, excluyendo a las actividades de los subsectores de minería e hidrocarburos;
Que, de conformidad al artículo 4 del Decreto de Urgencia, los pasivos ambientales son aquellas instalaciones, efluentes, emisiones, sitios contaminados y restos o depósitos de residuos, ubicados en el territorio nacional, incluyendo al zócalo marino, producidos por el desarrollo de actividades productivas, extractivas o de servicios, abandonadas; que afectan de manera real, potencial o permanente la salud de las personas, la calidad ambiental y/o la funcionalidad del ecosistema. El reglamento establece los supuestos de abandono;
Que, asimismo, las autoridades sectoriales pueden precisar la definición de pasivos ambientales de acuerdo a la...