Lima, 27 de octubre del 2023
Visto, el Expediente N° 2023-0200198, que contiene el Oficio N° 00857-2023-CG/SGE emitido por la Contraloría General de la República; el Memorándum N° D002963-2023-OGPPM-MINSA emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Nota Informativa N° D001449-2023-OGAJ-MINSA emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se expidió la Resolución Ministerial N° 1097-2022/MINSA de fecha 29 de diciembre de 2022, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2023 del Pliego 011: Ministerio de Salud;
Que, el numeral 1.1. del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, modificado por la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, cuyos montos de inversión superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;
Que, el numeral 2.1. del artículo 2 de la citada Ley Nº 31358 establece que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones públicas, se destina para su financiamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental;
Que, el numeral 4.1. del artículo 4 de la Ley Nº 31358 autoriza a los pliegos involucrados a...