Resolucion Ministerial Nº 079-2023-EF/50. Resolución Ministerial que aprueba los índices de distribución del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) para el Año Fiscal 2023

Fecha de publicación23 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 22 de febrero del 2023

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 5 del artículo 196 de la Constitución Política del Perú, establece que constituyen rentas de las municipalidades los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), que tiene carácter redistributivo, conforme a ley;

Que, el artículo 86 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que el FONCOMUN se constituye con el rendimiento del Impuesto de Promoción Municipal, el rendimiento del Impuesto al Rodaje y el Impuesto a las Embarcaciones de Recreo;

Que, asimismo, el artículo 87 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, dispone que el FONCOMUN se distribuye entre todas las municipalidades distritales y provinciales del país con criterios de equidad y compensación; y, tiene por finalidad asegurar el funcionamiento de todas las municipalidades;

Que, el artículo 88 de la citada norma establece que los índices de distribución del FONCOMUN son determinados anualmente por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial; asimismo, indica que los recursos mensuales que perciban las municipalidades por concepto del FONCOMUN no pueden ser inferiores al monto equivalente a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de aprobación de la Ley de Presupuesto del Sector Público de cada año;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 060-2010-EF, Decreto Supremo que aprueba los criterios, procedimientos y metodología para la distribución del FONCOMUN, establece que la asignación para cada municipalidad provincial y distrital determinada sobre la base de los criterios de distribución del FONCOMUN, en ningún caso es menor al monto del FONCOMUN percibido en el ejercicio fiscal 2009, lo que no se aplica a las municipalidades provinciales y distritales cuyas circunscripciones estuvieron involucradas en la creación de nuevos distritos y/o provincias a partir del 1 de enero de 2010;

Que, el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 216-2019-EF, Decreto Supremo que establece un esquema de gradualidad para la elaboración de los Índices de Distribución del FONCOMUN a partir del Año Fiscal 2020, dispone que, para la elaboración de dichos índices de distribución se utiliza el promedio ponderado entre los montos estimados de recursos del FONCOMUN para el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2019 (Columna A), y los montos que...

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