Resolucion Ministerial N° 0484-2022-MIDAGRI. Aprueban los Formatos a emplearse en los procedimientos de saneamiento físico – legal y formalización de predios rurales a cargo de los Gobiernos Regionales, conforme a la Ley N° 31145 y su Reglamento

Fecha de publicación11 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 10 de noviembre de 2022

VISTOS:

El Oficio N° 1604-2022-MIDAGRI-DVPSDA/DIGESPACR y el Memorando N° 854-2022-MIDAGRI-DVPSDA/DIGESPACR, de la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural – DIGESPACR, sobre aprobación de los Formatos a emplearse en los procedimientos de saneamiento físico-legal y formalización de predios rurales a cargo de los Gobiernos Regionales, conforme a la Ley N° 31145 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2022-MIDAGRI; y, el Informe N° 1487-2022-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 31145 – Ley de saneamiento físico - legal y formalización de predios rurales a cargo de los Gobiernos Regionales, en adelante la Ley y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2022-MIDAGRI, en adelante el Reglamento, se establece el marco legal para la ejecución de los procedimientos de saneamiento físico – legal, formalización de los predios rústicos y de tierras eriazas habilitadas a nivel nacional a cargo de los Gobiernos Regionales en virtud a la función transferida prevista en el literal n) del artículo 51 de la Ley N° 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, el artículo 10 del Reglamento, establece que los formatos de los instrumentos de formalización que se expidan en el marco de la Ley y su Reglamento, son aprobados por el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, mediante resolución ministerial; asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final del referido Reglamento, señala que el MIDAGRI mediante resolución ministerial aprueba los formatos requeridos para el saneamiento físico legal y formalización de predios, así como los lineamientos operativos para la ejecución de los procedimientos previstos en el citado Reglamento;

Que, en el marco de lo dispuesto en los artículos 87 y 88 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural – DIGESPACR, es el órgano de línea encargado de promover el saneamiento físico – legal y la formalización de la propiedad agraria, comprendiendo predios rústicos, tierras eriazas con aptitud agropecuaria y tierras de las comunidades campesinas y comunidades nativas; asimismo, tiene la función de proponer y elaborar planes, estrategias, normas, directivas, lineamientos y estándares para el...

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