RESOLUCION MINISTERIAL N° 0465/RE-2015 - Designan integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados

Fecha de disposición05 Junio 2015
Fecha de publicación05 Junio 2015
El Peruano
Viernes 5 de junio de 2015
554128
ciudad de Florianópolis, República Federativa del Brasil,
del 9 al 10 de junio de 2015, por las razones expuestas en
la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente comisión de servicios, serán cubiertos
por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones
Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación
en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir
cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15)
días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo
con el siguiente detalle:
Nombres y
Apellidos
Pasaje
Clase
Económica
US$
Viáticos
por día
US$
Nº de
días
Total
Viáticos
US$
Patricio Marcial
Rubio Correa 1 185,00 370,00 2+1 1 110,00
Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario,
posteriores a su retorno al país, el citado funcionario
deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores,
un informe detallado sobre las acciones realizadas y los
resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RIOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1246554-3
Designan integrante de la Junta de
Vigilancia de los Traductores Públicos
Juramentados
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0465/RE-2015
Lima, 3 de junio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, en el artículo 37, del Decreto Supremo N° 126-
2003-RE, que aprueba el Reglamento de los Traductores
Públicos Juramentados, dispone que la Junta de Vigilancia
de los Traductores Públicos Juramentados (JVTPJ) estará
integrada por tres (3) funcionarios del Servicio Diplomático
de la República; así como un representante del Colegio
de Traductores del Perú, y un representante por cada una
de las Universidades de la República donde se enseñe
la especialidad de Traducción. El funcionario diplomático
de menor jerarquía actuará, acumulativamente a sus
funciones en la Junta de Vigilancia, como Secretario de
la misma,
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0354-2011-
RE, se nombró al entonces Ministro Consejero en el
Servicio Diplomático de la República Juan Antonio Prieto
Sedó, entonces Jefe de la Of‌i cina General de Apoyo a la
Gestión Institucional, como integrante de la JVTPJ;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0107-2015-
RE, se da término al nombramiento Ministro en el Servicio
Diplomático de la República Juan Antonio Prieto Sedó,
como Jefe de la Of‌i cina General de Apoyo a la Gestión
Institucional, el 14 de febrero de 2015;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0186-2015-
RE, se nombró a la Ministra en el Servicio Diplomático de
la República Noela María Eufemia Pantoja Crespo, Jefa
de la Of‌i cina General de Apoyo a la Gestión Institucional,
a partir del 1 de abril de 2015;
Que, en consecuencia, se requiere actualizar la
designación del Jefe de la Of‌i cina General de Apoyo a
la Gestión Institucional como integrante de la Junta de
Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados
(JVTPJ);
Teniendo en cuenta el Memorando (JTP) N°
JTP0009/2015, de la Junta de Vigilancia de Traductores
Públicos Juramentados, de 11 mayo de 2015;
De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio
Diplomático de la República y su Reglamento; la Ley
29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el artículo 17
de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Dar término a la designación del Ministro
en el Servicio Diplomático de la República Juan Antonio
Prieto Sedó, como integrante de la Junta de Vigilancia
de los Traductores Públicos Juramentados, con ef‌i cacia
anticipada, a partir del 14 de febrero de 2015.
Artículo 2. Designar al Jefe (a) de la Of‌i cina General
de Apoyo a la Gestión Institucional, como integrante
de la junta de Vigilancia de los Traductores Públicos
Juramentados, con ef‌i cacia anticipada, a partir del 1 de
abril de 2015.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RIOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1246554-4
SALUD
Crean el Repositorio Único Nacional de
Información en Salud - REUNIS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 350-2015/MINSA
Lima, 1 de junio de 2015
Visto, el Expediente N° 14-130811-001, que contiene
el Informe N° 025-2015-ODT-OGEI/MINSA, emitido por la
Of‌i cina General de Estadística e Informática; y,
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 123 de la Ley N° 26842, Ley
N° 1161, el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud
de nivel nacional, el cual tiene a su cargo la formulación,
dirección y gestión de la política de salud y actúa como la
máxima autoridad normativa en materia de salud;
Que, de acuerdo al artículo 6 del Decreto Legislativo
N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Salud, el Ministerio de Salud es competente en salud
de las Personas, aseguramiento en salud, epidemias
y emergencias sanitarias, salud ambiental e inocuidad
alimentaria, inteligencia sanitaria, productos farmacéuticos
y sanitarios, dispositivos médicos y establecimientos
farmacéuticos, recursos humanos en salud, infraestructura
y equipamiento en salud e Investigación y tecnologías en
salud;
Que, el artículo 117 de la Ley N° 26842 señala que toda
persona natural o jurídica está obligada a proporcionar de
manera correcta y oportuna los datos que la Autoridad de
Salud requiere para la elaboración de las estadísticas,
la evaluación de los recursos en salud y otros estudios
especiales que sea necesario realizar y concurran al
conocimiento de los problemas de salud o de las medidas
para enfrentarlos;
Que, mediante Decreto Ley Nº 21372, se estableció
el Sistema Estadístico Nacional (SEN) con la finalidad
de asegurar que las actividades estadísticas oficiales
se desarrollen en forma integrada, coordinada,
racionalizada y bajo una normatividad común,
señalándose que el mencionado Sistema está
conformado, entre otros, por las Oficinas Sectoriales
de Estadística y demás Oficinas de Estadísticas de
los Ministerios y las Oficinas de Estadística de los
Organismos cuyos jefes tienen rango de Ministro,
excepto de las Fuerzas Armadas;
Que, asimismo, el artículo 27 del mencionado
Decreto Ley señala que son fuentes de información
estadística del Sistema las personas naturales o
jurídicas que se encuentren en el país, las cuales
están obligadas a suministrar la información de uso
estadístico en la forma y términos que le fijen los
órganos del Sistema;

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