Lima, 20 de marzo de 2024
VISTOS, el Oficio N° 030-2024-INBP/IN-GG-OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; el Acta de Reunión de fecha 8 de marzo de 2024 de la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio del Interior; el Memorando N° 000329-2024-IN-VSP, del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, en su condición de Presidente de la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio del Interior; el Memorando N° 000497-2024-IN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000047-2024-IN-OGPP-OPE de la Oficina de Planeamiento y Estadística de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 000485-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; se realiza por etapas, en forma progresiva y...