Resolucion Ministerial N° 0360-2022-JUS. Cancelan título de Notario del distrito de Sullana, provincia de Sullana, departamento de Piura, Distrito Notarial de Piura y Tumbes

Fecha de publicación25 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 24 de noviembre de 2022

VISTOS, el Informe N° 83-2022-JUS/CN/ST/REGISTRO, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; el Memorando N° 634-2022-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, el Informe N° 1019-2022-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 055-98-JUS, se nombró al doctor TOMÁS ENRIQUE CAMMINATI ONETO, notario del distrito de Sullana, provincia de Sullana, Distrito Notarial de Piura y Tumbes;

Que, con Oficio N° 466-2022-CNPYT, el Colegio de Notarios de Piura y Tumbes, respondiendo al Oficio N° 413-2022-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, a efectos de iniciar el trámite de cancelación de título por causal de muerte del Notario TOMÁS ENRIQUE CAMMINATI ONETO, acaecido el día 8 de julio de 2022, remite la documentación señalada en el artículo 21-A del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado;

Que, a través del Memorando N° 634-2022-JUS/CN, la Presidencia del Consejo del Notariado remite a la Secretaría General el Informe N° 83-2022- JUS/CN/ST/REGISTRO, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, con los respectivos antecedentes y opinión favorable, a fin de tramitar la emisión de la resolución de cancelación de título del mencionado Notario;

Que, obran en los antecedentes, las copias del Acta de Defunción del señor TOMÁS ENRIQUE CAMMINATI ONETO, expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC; las Resoluciones N° 149-2022-CNPYT/CD y N° 150-2022-CNPYT/CD, ambas de fecha 11 de julio de 2022, expedidas por la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Piura y Tumbes, que autoriza el cierre de los registros; y nombra al administrador del acervo y archivos notariales del notario fallecido, respectivamente;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, modificado por el Decreto legislativo N° 1232, el notario cesa por causal de muerte, por lo que, habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de Notario;

De conformidad con lo dispuesto por el...

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