RESOLUCION MINISTERIAL N° 033-2015/MINSA - Conforman la Comisión de apoyo a la reactivación de la Escuela Nacional de Salud Pública - ENSAP

EmisorSALUD
Fecha de la disposición22 de Enero de 2015
El Peruano
Jueves 22 de enero de 2015
545186
Conforman la Comisión de apoyo a la
reactivación de la Escuela Nacional de
Salud Pública - ENSAP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 033-2015/MINSA
Lima, 19 de enero del 2015
Visto, el Expediente Nº 14-130894-001, que contiene
la Nota Informativa Nº 031-2014-DVM-SP/MINSA; el
Informe Nº 150-2014-OGPP-OO/MINSA de la O cina
General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº
004-2015-DC-DGGDRH/MINSA de la Dirección General
de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos; y,
CONSIDERANDO:
Organización y Funciones del Ministerio de Salud,
establece que el Ministerio de Salud es competente,
entre otras materias, en los recursos humanos en
salud; señalando asimismo como función especí ca del
ministerio la de promover y participar en el desarrollo y
fortalecimiento de las capacidades y competencias de los
recursos humanos en salud;
Que, según el literal a) del artículo 11 del mencionado
Decreto Legislativo, el Despacho Viceministerial de Salud
Pública ejerce, entre otras, la función de formular proponer,
implementar, ejecutar, evaluar y supervisar la política de
salud pública, orientadas al mediano y largo plazo, así
como a las intervenciones de promoción y protección de
la salud de la población, de conformidad con la respectiva
política nacional de salud;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del
mencionado Decreto Legislativo dispone la reactivación
de la Escuela de Salud Pública del Perú, denominada a
partir de la vigencia de dicha norma Escuela Nacional de
Salud Pública, como responsable de proponer y generar
políticas en materia de formación de recursos humanos
en salud, gozando de autonomía académica, económica
y administrativa;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 692-
2014/MINSA, de fecha 15 de setiembre de 2014,
se inició el proceso de reactivación de la Escuela
Nacional de Salud Pública, para lo cual encarga a
la Dirección General de Gestión del Desarrollo de
Recursos Humanos, las acciones inmediatas para
su organización, en coordinación con las instancias
necesarias del Ministerio de Salud; asimismo, se
delegó en dicha Dirección General, en adición de sus
funciones, las funciones de la Escuela Nacional de
Salud Pública, hasta la aprobación de los documentos
de gestión de la citada Escuela;
Que, con documento de visto, el Viceministro de
Salud Pública propone la conformación de una Comisión
de apoyo que se encargue de asesorar a la Dirección
General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos
en la puesta en marcha de programas de capacitación
de recursos humanos, a n de reforzar la continuidad del
proceso de reactivación de la Escuela Nacional de Salud
Pública;
Que, siendo así, resulta necesario emitir el acto
resolutivo correspondiente;
Con el visado del Director General de la Dirección
General de Gestión del Desarrollo de Recursos
Humanos, del Director General de la O cina General de
Planeamiento y Presupuesto; de la Directora General de la
O cina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de
Prestaciones y Aseguramiento en Salud, del Viceministro
de Salud Pública y de la Secretaria General; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo 1161, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conformar la Comisión de apoyo a la
reactivación de la Escuela Nacional de Salud Pública
– ENSAP, con la nalidad de brindar asesoramiento a la
Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos
Humanos del Ministerio de Salud en la puesta en
marcha de los programas académicos para la formación,
capacitación y entrenamiento de recursos humanos en
salud pública a nivel regional y nacional, la cual estará
integrada por los siguientes miembros:
- Señor Mario Wilfredo Chuy Chiu, representante del
Despacho Ministerial del Ministerio de Salud; quien lo
presidirá.
- Señor Luis Antonio Nicolás Suárez Ognio, médico
epidemiólogo.
- Señora Betsy Rosario Moscoso Rojas, medico
epidemióloga.
- Señor Julio Manuel Ruiz Olano, médico
epidemiólogo.
- Señor Pedro Antonio Riega López, médico cirujano.
- Un representante de la Dirección General de Gestión
del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de
Salud.
- Un representante de la O cina General de
Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud.
Los Directores Generales de la Dirección General
de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos y
de la O cina General de Planeamiento y Presupuesto
respectivamente, acreditarán a su representante mediante
comunicación escrita dirigida al Presidente de la Comisión
al día siguiente de publicada la presente Resolución
Ministerial.
Artículo 2.- La Comisión de apoyo a la reactivación de
la Escuela Nacional de Salud Pública – ENSAP a la que
hace referencia el artículo 1º de la presente Resolución
Ministerial, tendrá las siguientes funciones:
- Proponer a la Dirección General de Gestión del
Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de
Salud, las estrategias de implementación de programas
de capacitación y/o entrenamiento de recursos humanos
para la respuesta a las contingencias en Salud Pública.
- Proponer a la Dirección General de Gestión del
Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud,
la relación de expertos para la asistencia en el diseño,
de nición de estrategias y formulación de programas, así
como del material de capacitación que se requiera para
su implementación.
Artículo 3.- Los programas a implementar
mencionados en el artículo 1º de la presente Resolución
Ministerial, serán nanciados con cargo a los programas
presupuestales y en función a los objetivos y resultados
aprobados, coordinándose con las Direcciones Generales
a cargo de los mismos y con la O cina General de
Planeamiento y Presupuesto la adopción de las acciones
y/o modi caciones presupuestales que resulten necesarias
en concordancia con el marco normativo vigente.
Artículo 4.- La Dirección General de Gestión del
Desarrollo de Recursos Humanos brindará todas las
facilidades que requiriera la Comisión, conformada
mediante el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial,
para su adecuado funcionamiento, estableciendo un nivel
de coordinación permanente para el cumplimiento de su
nalidad.
Artículo 5.- Los órganos y dependencias del
Ministerio de Salud brindarán la información que pudiera
ser requerida por la Comisión de apoyo a la reactivación
de la Escuela Nacional de Salud Pública – ENSAP, en el
marco de las funciones conferidas mediante el artículo 2º
de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 6.- La participación de los integrantes de
la Comisión de apoyo a la reactivación de la Escuela
Nacional de Salud Pública – ENSAP será ad honórem,
no generando gastos adicionales al Tesoro Público el
funcionamiento de dicha Comisión.
Artículo 7.- Lo dispuesto en la presente Resolución
Ministerial entra en vigencia a partir de su publicación en
el Diario O cial El Peruano.
Artículo 8.- Encargar a la O cina General de
Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución
Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud,
en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/
transparencia/dge_normas.asp.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1190866-4

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