RESOLUCION MINISTERIAL N° 021-2015-TR - Acreditan a miembros del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

Fecha de publicación03 Febrero 2015
Fecha de disposición03 Febrero 2015
El Peruano
Martes 3 de febrero de 2015 546065
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Dan por concluida designación de
Asesor II del Despacho Ministerial del
Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 020-2015-TR
Lima, 2 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 152-2014-TR
de fecha 01 de agosto de 2014, se designó al señor Fidel
Hidalgo Solís en el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo
F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo;
Que, por convenir al servicio, resulta necesario dar
por concluida la designación señalada en el considerando
precedente;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº
establece que la autoridad podrá disponer en el mismo
acto administrativo que tenga ef‌i cacia anticipada a su
emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados,
y siempre que no lesione derechos fundamentales o
intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros
y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse
la ef‌i cacia del acto el supuesto de hecho justif‌i cativo para
su adopción;
Con la visación del Jefe de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de
General; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación
del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de
funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25 de la
Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley
Nº 29318, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Decreto
Supremo Nº 004-2014-TR, que aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida, con ef‌i cacia
anticipada al 28 de enero de 2015, la designación del
señor FIDEL HIDALGO SOLIS, como Asesor II, Nivel
Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias
por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1196144-1
Acreditan a miembros del Consejo
Nacional de Seguridad y Salud en el
Trabajo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 021-2015-TR
Lima, 2 de febrero de 2015
VISTO: La Carta de fecha 13 de enero de 2015 de
la Central Unitaria de Trabajadores; el Of‌i cio N° 018-
CEN-CTP-2015 de la Confederación de Trabajadores del
Perú y los Of‌i cios N°s. 012 y 024-2015-MTPE/1/27 del
Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad y
Salud en el Trabajo; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 10 de la Ley N° 29783,
Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo,
como instancia máxima de concertación de materia
de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza
tripartita y adscrita al sector trabajo y promoción del
empleo. Dicho Consejo Nacional está integrado, entre
otros, por cuatro representantes de las centrales
sindicales a propuesta de la Confederación General de
Trabajadores del Perú (CGTP), la Central Unitaria de
Trabajadores (CUT), la Confederación de Trabajadores
del Perú (CTP) y la Central Autónoma de Trabajadores
del Perú (CATP);
Que, el precitado artículo dispone que la acreditación
de la designación de los representantes de los gremios
de la CONFIEP y de las centrales sindicales es efectuada
por Resolución Ministerial del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo, a propuesta de las referidas
organizaciones, siendo el plazo de la designación por dos
años, pudiendo ser renovable;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 199-2012-
TR se acreditó a los miembros del Consejo Nacional
de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre ellos a los
representantes de los trabajadores;
Que, en atención a los documentos de visto, la Central
Unitaria de Trabajadores (CUT) y la Confederación de
Trabajadores del Perú (CTP) remiten sus propuestas
para acreditar a sus representantes, titular y suplente,
respectivamente, frente al Consejo Nacional de Seguridad
y Salud en el Trabajo;
Con las visaciones del Director General de
Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el
Trabajo y del Jefe de la Oficina General de Asesoría
Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8)
Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo; el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de
Seguridad y Salud en el Trabajo y el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo
N° 004-2014-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acreditar a los miembros del Consejo
Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, a que se
y Salud en el Trabajo, de acuerdo al siguiente detalle:
Representantes de los Trabajadores
Central Unitaria de Trabajadores (CUT)
Titular : Alfonso Hernán Gamboa Briceño
Alterno: Senobio Urbano Garay Gutiérrez
Confederación de Trabajadores del Perú (CTP)
Titular : Teodoro Zapata Suclupe
Alterno: Mitraton Eloy Julca Ibañez
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial en el Portal Institucional del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.
trabajo.gob.pe), siendo responsable de dicha acción
la Of‌i cina General de Estadística y Tecnologías de la
Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1196144-2

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