Resolucion Ministerial Nº 0151-2023-DE. Autorizan viaje de personal militar a la Guyana Francesa, República Francesa, en misión de estudios

Fecha de publicación18 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 17 de febrero de 2023

VISTOS:

El Oficio Nº 031 SCGE/N-04, de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio N° 00359-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00251-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 103 MDD/PER/AD/NP, el Agregado de Defensa a la Embajada de Francia en el Perú cursa invitación al Ejército del Perú, para que un Oficial o Suboficial participe en el curso “Jefe de Sección - Combate en Selva Ecuatorial”, a llevarse a cabo en la ciudad de Cayenne, Guyana Francesa, República Francesa, del 20 de febrero al 14 de abril de 2023;

Que, con Hoja de Recomendación Nº 003/U-4. b.3/05.00, elaborada por el Comando de Educación y Doctrina del Ejército del Perú y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se designa al Suboficial 3° EP Henrry SALGADO YANA (titular) y al Suboficial 3° EP Wenceslao ALBERTO GONZALES (suplente), para participar en el curso “Jefe de Sección Combate en Selva Ecuatorial”, en el lugar y fechas programadas;

Que, la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Educación del Comando de Educación y Doctrina del Ejército del Perú, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal designado para que participe en el curso “Jefe de Sección Combate en Selva Ecuatorial”, por cuanto, permitirá intercambiar conocimientos y experiencias, logrando un alto grado de instrucción, permitiendo contar con personal capacitado;

Que, a través del Dictamen Legal Nº 357-2023/OAJE, la Jefatura de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Suboficial 3° EP Henrry SALGADO YANA o en su defecto del Suboficial 3° EP Wenceslao ALBERTO GONZALES (suplente), por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia;

Que, con el fin de garantizar la participación del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación; así como, su retorno con dos (2) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto al Tesoro Público;

Que, conforme a lo indicado en el Oficio Nº 103 MDD/PER/AD/NP del Agregado de Defensa de la Embajada de Francia en el Perú, los gastos de alojamiento, alimentación e instrucción estarán a cargo de Francia, por lo cual el transporte internacional estará a cargo del Ejército del Perú; por...

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