Lima, 7 de febrero de 2024
VISTOS, el Oficio N° 88-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 000164-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N° 213-2021-JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano HUMPHREY CARO ALVA, formulada por la Segunda Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia del Callao, declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de una menor con identidad reservada;
Que, a través de los correos electrónicos de fechas 9 y 16 de enero de 2024, la Oficina Central Nacional de INTERPOL – Madrid informa a la Oficina Central Nacional de INTERPOL - Lima, que ha sido declarada procedente la solicitud de extradición del ciudadano peruano HUMPHREY CARO ALVA, asimismo, acepta la propuesta de programación para ejecutar la referida extradición, del 11 al 15 de febrero de 2024;
Que, con Informe N° 033-2024-COMOPPOL/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, la Oficina Central Nacional INTERPOL – Lima, sustenta la...