RESOLUCION MINISTERIAL N° 0129/RE-2015 - Cesan a Traductora Pública Juramentada por renuncia al cargo

Fecha de publicación24 Febrero 2015
Fecha de disposición24 Febrero 2015
El Peruano
Martes 24 de febrero de 2015
547212
RELACIONES EXTERIORES
Cesan a Traductora Pública
Juramentada por renuncia al cargo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0129/RE-2015
Lima, 20 de febrero de 2015
VISTAS:
Las Cartas S/N, de 15 de julio de 2013 y 7 de julio
de 2014, presentadas por la señora Laura María Rosa
Ordoñez de la Piedra, Traductora Pública Juramentada;
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Ley Nº 18093 se crea el cargo
de Traductor Público Juramentado para la traducción
de documentos para uso y servicio de particulares,
ejercido por profesionales designados por el Ministerio de
Relaciones Exteriores, previo concurso;
Que, a través de Resolución Ministerial Nº 0890/RE-
93, de 3 de diciembre de 1993, se nombró, entre otros,
como Traductora Pública Juramentada del idioma inglés
al idioma castellano (traducción directa) y del idioma
castellano al idioma inglés (traducción inversa), a la señora
Laura María Rosa Ordoñez de la Piedra, debidamente
ratif‌i cada en el cargo mediante Resoluciones Ministeriales
Nº 231-99-RE y Nº 0752/RE, de 19 de febrero de 1999 y 4
de julio de 2007, respectivamente;
Que, en ese marco, mediante los documentos de
Vista, la señora Laura María Rosa Ordoñez de la Piedra
presentó y reiteró su renuncia al cargo de Traductora
Pública Juramentada, respectivamente, debido a su
avanzada edad y a problemas de salud que le impedían
dedicarse al referido cargo;
Que, lo solicitado por la señora Laura María Rosa
Ordoñez de la Piedra se enmarca en lo establecido en
el literal a) del artículo 50 del Reglamento de Traductores
Públicos Juramentados, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 126-2003-RE, el cual señala que los
TARIFARIO COMPLEJO PESQUERO LA PUNTILLA
DENOMINACIÓN DEL SERVICIO UNIDAD DE MEDIDA REQUISITOS % UIT PRECIO
S/.
1. Embarcación de Pesca para Consumo Humano Directo
1.1 Atraque Embarcación de Mayor
Escala Comprobante de
Pago 1.6289 61.9
1.2 Derecho de Uso de Muelle Embarcación Hora o
Fracción Comprobante de
Pago 1.3158 50.0
1.3 Derecho de Atraque y Uso de Muelle Panga / Día Comprobante de
Pago 1.4211 54.0
2. Maniobras en el Muelle
2.1 Subida y bajada de boliche / Panga,
etc. Embarcación de Mayor
Escala Comprobante de
Pago 4.9211 187.00
2.2 Guardianía de boliche / Panga Embarcación de Mayor
Escala Comprobante de
Pago 4.9211 187.00
2.3 Subida y bajada de boliche Embarcación Artesanal Comprobante de
Pago 0.3684 14.00
3. Descarga de Pescado y otros por el Muelle
3.1 Embarcación de Mayor Escala TM Comprobante de
Pago 1.1816 44.9
3.2 Embarcación de Menor Escala TM Comprobante de
Pago 0.6316 24.00
3.3 Embarcación Artesanal TM Comprobante de
Pago 0.3947 15.0
3.4 Descarga de Guano de Isla TM Comprobante de
Pago 0.4632 17.6
4. Estacionamiento / Peaje
4.1 Autos y camionetas Día Comprobante de
Pago 0.1842 7.00
4.2 Cisternas de agua, petróleo, camión de
víveres, grúas, remolques y trayleres Día Comprobante de
Pago 0.6316 24.00
5. Servicios Generales
5.1 Alquiler de Bungalows Unidad / Mes Comprobante de
Pago 18.2000 691.6
5.2 Alquiler de casas Unidad / Mes Comprobante de
Pago 39.4737 1500.0
5.3 Uso de Área Techada M2Comprobante de
Pago 0.1816 6.9
5.4 Uso de Área Libre M2Comprobante de
Pago 0.0526 2.00
5.5 Servicio de Agua Potable M3Comprobante de
Pago 0.6316 24.00
5.6 Servicio de Energía Eléctrica Hora / Fracción Comprobante de
Pago 2.2368 85.00
Nota
1. El porcentaje de UIT ha sido determinado tomando como referencia el valor considerado para el año 2014.
2. Forma de pago, al contado en la Caja del Complejo Pesquero La Puntilla.
3. Los precios de los items 1.3, 2.1, 2.2, 2.3, 3.2, 3.3, 4.1, 4.2, 5.2, 5.4, 5.5, 5.6 han sido determinados tomando como
base el Estudio de Mercado Local y el precio de la tarifa vigente.
1203554-1

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