Lima, 10 de octubre del 2023
VISTOS:
El Oficio N° 01513-2023-MINDEF/JG de la Jefatura de Gabinete del Despacho Ministerial; el Oficio N° 03957-2023-MINDEF/VRD-DGRRHH de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe N° 00398-2023-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC de la Dirección de Personal Civil; y, el Informe Legal N° 01679-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación en cargos de confianza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada norma, se efectúa mediante resolución ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente;
Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado con Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, ha previsto respecto a los directivos públicos de nivel nacional de Órganos de línea y de administración interna de ministerio, el cumplimiento de requisitos mínimos relacionados a formación académica, experiencia...