Resolucion ministerial N° 00854-2023-DE. Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Colombia, en misión de estudios

Fecha de publicación30 Agosto 2023
SecciónSección Única
10 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de agosto de 2023
El Peruano
/
correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del
Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero del
1 de setiembre al 31 de diciembre de 2023
¥ 36,235.45 x 4 meses x 1 persona x 40% = ¥ 57,976.72
----------------
Total a pagar = ¥ 57,976.72
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los
pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto
Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los
siguientes conceptos:
Gastos de traslado de ida (equipaje, bagaje e instalación)
¥ 36,235.45 x 1 x 1 persona = ¥ 36,235.45
----------------
Total a pagar = ¥ 36,235.45
Artículo 4.- El monto de la Compensación
Extraordinaria Mensual será reducido por la Fuerza
Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonicación
otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del
artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento
al segundo párrafo del numeral 1.4 del artículo 1 del
Decreto Supremo Nº 262-2014-EF.
Artículo 5.- El otorgamiento de la compensación
extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se
hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior,
conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al
exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por
Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modicatorias;
y, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el
Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo
presupuesto institucional del año scal correspondiente.
Artículo 6.- Los gastos por concepto de pasajes
aéreos internacionales de ida y vuelta, y tarifa única de uso
de aeropuertos del personal designado serán cubiertos
por la Convención de la Organización Asia-Pacíco para
la Cooperación Espacial (APSCO); asimismo, los gastos
por concepto de alojamiento, seguro no integral de salud
(solo por accidentes y tratamientos de hospitalización),
con excepción de alimentación y transporte local, serán
cubiertos por el Gobierno de la República Popular China.
Artículo 7.- El pago por gastos de traslado de retorno
y compensación extraordinaria mensual por misión de
estudios en el extranjero correspondiente a los años 2024
y 2025, según corresponda, se efectúan con cargo al
Presupuesto Institucional del año scal correspondiente
de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con la
normatividad vigente.
Artículo 8.- El Comandante General de la Fuerza
Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha
de inicio y término de la autorización a que se reere
el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin
exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad
para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal
autorizado.
Artículo 9.- El Ocial designado debe cumplir con
presentar un informe detallado ante el Titular de la
Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los quince (15) días calendario, contados a partir de la
fecha de retorno al país.
Artículo 10.- El citado Ocial está impedido de
solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o
retiro, hasta después de haber servido en su respectiva
Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo
compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 11.- La presente autorización no da derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA
Ministro de Defensa
2210062-1
Autorizan viaje de oficial de la Marina de
Guerra del Perú a Colombia, en misión de
estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 00854-2023-DE
Lima, 29 de agosto del 2023
VISTOS:
El Ocio 5226/52 de la Secretaría de la
Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú;
el Ocio N° 02126-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la
Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el
Informe Legal N° 01377-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la
Ocina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, con Ocio FAC-S-2023-009084-CE/MDN-
COGFM-FAC-COFAC-OFASI, el Jefe de la Ocina de
Asuntos Internacionales de la Fuerza Aérea Colombiana
comunica, al Agregado de Defensa Adjunto y Naval a
la Embajada del Perú en la República de Colombia, la
invitación para que un (1) Ocial participe en el curso Piloto
Visores Nocturnos TH-67 (Liviano y Mediano), a realizarse
en la Escuela Internacional de Helicópteros para las Fuerzas
Armadas (EIHFA), Melgar, Tolima, República de Colombia;
Que, mediante Ocio Nº 168/42, el Agregado de
Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la
República de Colombia comunica, al Jefe de la Ocina de
Asuntos Internacionales de la Fuerza Aérea Colombiana,
la designación del Teniente Segundo Enrique Alonso
GÓMEZ FAYA, a n de que participe en el referido curso;
Que, con Ocio FAC-S-2023-021353-CE/MDN-
COGFM-FAC-COFAC-OFASI, el Jefe de la Ocina de
Asuntos Internacionales de la Fuerza Aérea Colombiana
informa, al Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la
Embajada del Perú en la República de Colombia, que la
citada Fuerza Aérea considera viable que el mencionado
Ocial participe en el curso de Visores Nocturnos NVG en
Helicópteros, del 1 de setiembre al 30 de diciembre de 2023;
Que, con Informe Legal Nº 081-2023/AS-DGE, la
Jefatura Accidental de la Ocina de Asesoría Legal de la
Dirección General de Educación de la Marina de Guerra
del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior,
en misión de estudios, del Teniente Segundo Enrique
Alonso GÓMEZ FAYA, para que participe en el citado
curso, en el lugar y fechas programadas;
Que, por medio del Ocio Nº 1135/52, el Director
General de Educación de la Marina de Guerra remite a la
Comandancia General de la citada Institución Armada la
documentación para la autorización de viaje al exterior, en
misión de estudios;
Que, la Exposición de Motivos, anexa al Ocio
Nº 1135/52, señala que resulta conveniente para los
intereses institucionales autorizar la misión de estudios
del citado Teniente, por cuanto, le permitirá ampliar sus
conocimientos sobre técnicas para ejecutar las maniobras
de vuelo básicas, intermedias y avanzadas, utilizando
NVGs, dominando las habilidades para compensar las
limitaciones del campo y agudeza visual reducidos,
así como técnicas para la estimación de distancia y la
adaptación nocturna;
Que, la Hoja de Gastos Nº 172-2023, suscrita por
la Ocina General de Administración de la Dirección
de Administración de Personal de la Marina de Guerra
del Perú y la Dirección General de Educación de dicha
Institución Armada, señala que los gastos por concepto
de pasajes aéreos, pasajes terrestres y compensación
extraordinaria por servicio en el extranjero, se efectuarán
con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023
de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú,
de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de viajes
al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa,
aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria
Nº 174-2023, el Jefe de la Ocina de Planes, Programas
y Presupuestos de la Dirección de Administración de
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 30/08/2023 01:15

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