Resolucion Ministerial N° 00657-2023-DE. Modifican la R.M. N° 00594-2023-DE que autorizó viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Colombia

Fecha de publicación15 Julio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 13 de julio del 2023

VISTOS:

El Oficio Nº 4530/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; y, el Informe Legal N° 01082-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00594-2023-DE, se autorizó el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Almirante Alberto ALCALÁ LUNA y del Capitán de Corbeta Walter Constantino BARRETO PONCE, para que participen en las actividades programadas por el Bicentenario Naval de la Armada de Colombia, que se llevarán a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 22 al 25 de julio de 2023; así como, en la Revista Naval el día 24 de julio de 2023, por parte de las Unidades Navales durante el Ejercicio Multinacional UNITAS LXIV 2023;

Que, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial señala que la Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos hasta un cien por ciento (100%), con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023;

Que, con Oficio Nº 034/MDN-COGFM-COARC-SECAR-DIASI-AGRENAVPERU-29.25, el Agregado Naval a la Embajada de Colombia en el Perú hace de conocimiento, al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, que la Armada de Colombia asumirá los costos de alojamiento y alimentación solamente en las actividades incluidas en el plan de eventos para la delegación extranjera, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, desde el 20 de julio al 26 de julio de 2023; asimismo, señala que las delegaciones extranjeras asumirán los costos de pasajes aéreos hasta la ciudad de Cartagena de Indias, Republica de Colombia (ida y vuelta), así como los gastos personales y alimentación que no estén incluidos en las actividades contempladas en el plan de eventos;

Que, con Informe Legal Nº 065-2023, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, señala que la Armada de Colombia asumirá los costos de alojamiento y alimentación solo en las actividades incluidas en el plan de eventos, por lo que debe otorgarse viáticos diarios hasta un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N°...

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