RESOLUCION MINISTERIAL N° 002-2015-MIDIS - Designan representantes del Ministerio ante los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de los departamentos de Áncash y Madre de Dios, para la implementación de la R.M. N° 260-2014-MIDIS

EmisorDESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2015
El Peruano
Martes 6 de enero de 2015 543999
2.1. En materia de contrataciones del Estado,
respecto de la Unidad Ejecutora 001:
a. Aprobar las modifi catorias del Plan Anual de
Contrataciones.
b. Aprobar la estandarización de bienes y servicios,
de conformidad con la normativa de contrataciones del
Estado.
c. Aprobar los expedientes de contratación de los
procesos de selección a ser convocados por el Ministerio,
así como de aquellos procesos de selección que deban
ser convocados por Entidades con las cuales se haya
suscrito un convenio de encargo.
d. Designar a los integrantes titulares y suplentes
de los comités especiales, ad hoc y permanentes, que
conducirán los procesos de selección, así como modifi car
su composición, dentro de los parámetros establecidos en
el ordenamiento jurídico.
e. Aprobar las bases de los procesos de selección a
ser convocados por el Ministerio, excepto en los casos de
adjudicaciones de menor cuantía cuando el proceso sea
conducido por un comité especial, en cuyo caso las bases
serán aprobadas por el funcionario a cargo de la Ofi cina
de Logística.
f. Aprobar las bases de las exoneraciones autorizadas
por el Ministerio, así como de aquellos procesos de
selección que deban ser convocados por Entidades con
las cuales se haya suscrito un convenio de encargo.
g. Suscribir convenios de cooperación interinstitucional
para la realización de compras corporativas facultativas.
h. Aprobar el expediente de contratación y bases de los
procesos de selección cuando el Ministerio de Desarrollo
e Inclusión Social actúe en compras corporativas
facultativas como entidad encargada.
i. Cancelar los procesos de selección que sean
convocados por el Ministerio, de conformidad con lo
establecido en las normas de contrataciones del Estado.
j. Suscribir los contratos para la adquisición de bienes,
contratación de servicios y ejecución de obras, incluyendo
los provenientes de exoneraciones; así como sus adendas
en razón de adicionales y/o reducciones, ampliaciones de
plazo y cualquier otra modifi cación posterior, de acuerdo
a lo dispuesto en la normativa de contrataciones del
Estado.
k. Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales y
la reducción de prestaciones, respecto de los contratos
suscritos por el Ministerio, en el caso de bienes, servicios
y consultoría de obras, de conformidad con lo establecido
en la normativa de contrataciones del Estado.
l. Aprobar las ampliaciones de plazo en los contratos
para la ejecución de obras o consultoría de obras,
quedando en el funcionario a cargo de la Ofi cina de
Logística la facultad de autorizar ampliaciones de plazo en
los contratos para la adquisición de bienes o la contratación
de servicios; dentro de los parámetros establecidos en el
ordenamiento jurídico.
m. Aprobar y suscribir las contrataciones
complementarias, de acuerdo a la normativa de
contrataciones del Estado.
n. Resolver los contratos suscritos para la adquisición
de bienes, contrataciones de servicios y ejecución de
obras, incluyendo los provenientes de exoneraciones,
de conformidad con lo establecido en la normativa sobre
contrataciones del Estado.
o. Autorizar el otorgamiento de la buena pro a las
propuestas que excedan el valor referencial hasta el diez
por ciento (10%) en los procesos de selección para la
ejecución de obras.
p. Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones,
pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos
de contratación, que deban realizarse ante el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y el
Tribunal de Contrataciones del Estado, así como gestionar
las publicaciones que deban realizarse por mandato
legal y los pedidos de información y consulta que resulte
necesario realizar ante otras entidades, vinculados a la
temática de las contrataciones estatales.
2.2. En materia administrativa y de gestión,
respecto de la Unidad Ejecutora 001:
a. Suscribir contratos de carácter administrativo en
representación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social, lo que incluye la suscripción de contratos de
concesión de servicios y sus respectivas adendas,
así como, efectuar el cambio de titularidad en los
suministros de servicios de agua, luz, telefonía fi ja y
móvil e internet, con las respectivas entidades prestados
de los citados servicios, de acuerdo con la normativa
sobre la materia.
b. Suscribir contratos bancarios y fi nancieros.
c. Aprobar el reconocimiento de deuda, créditos
devengados y devolución de recursos.
d. Representar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social ante la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria (SUNAT), en todo tipo de trámite en materia
tributaria, para realizar cualquier acto, procedimiento y/o
actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo
de la gestión administrativa del Ministerio.
e. Suscribir y presentar a la SUNAT, los formularios,
declaraciones y, en general, cualquier documentación que
resulte necesaria para el cumplimiento de las obligaciones
tributarias como consecuencia de la ejecución de los
gastos previstos en el Presupuesto Institucional.
f. Suscribir los contratos relativos a la prestación de los
servicios regulados por el Decreto Legislativo Nº 1057, así
como sus adendas y resolución.
g. Autorizar, resolver y tramitar las acciones
administrativas del personal respecto de las asignaciones,
ceses, rotaciones, reconocimiento de remuneraciones,
rectifi cación de nombres y/o apellidos, destaques,
renovaciones de contrato, y todas aquellas que sean
necesarias para una adecuada conducción y dirección
del personal, adscrito al régimen laboral del Decreto
Legislativo Nº 1057, su Reglamento y modifi catorias.
h. Suscribir los convenios y/o contratos con entidades
públicas destinadas al uso y/o disfrute total o parcial de
inmuebles de propiedad del Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social o bajo administración estatal.
i. Representar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social en los procedimientos y diligencias de ejecución
de mandatos judiciales que ordenen la reposición o
reincorporación de trabajadores, según corresponda,
quedando autorizado a suscribir los documentos
necesarios para tal fi n.
Artículo 3.- Los funcionarios a los cuales se les
ha delegado las facultades y atribuciones indicadas
en los artículos precedentes, deben dar cuenta
al Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión
Social respecto de las actuaciones derivadas de la
delegación otorgada.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el portal institucional del Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1184281-1
Designan representantes del Ministerio
ante los Núcleos Ejecutores de alcance
departamental de los departamentos
de Áncash y Madre de Dios, para la
implementación de la R.M. Nº 260-
2014-MIDIS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 002-2015-MIDIS
Lima, 5 de enero de 2015
VISTO:
El Informe Nº 077-2014-MIDIS/VMPES, emitido por el
Viceministerio de Políticas y Evaluación Social; y,

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