Lima, 25 de abril de 2024
VISTOS: Los Memorandos Nºs. 00000162-2024-
PRODUCE/TU-EMPRESA y 00000237-2024-PRODUCE/TU-EMPRESA del Programa Nacional “Tu Empresa”; los Memorandos Nos 00000273-2024-PRODUCE/DGDE y 00000327-2024-PRODUCE/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Informe Nº 00000100-2024-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; los Memorandos Nºs. 00000251-2024-PRODUCE/DVMYPE-I y 00000370-2024-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Informe Nº 00000157-2024-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Oficio Nº 00000164-2024-PRODUCE/DVPA y el Memorando Nº 00000394-2024-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; el Oficio Nº 00000747-2024-PNACP/CE del Programa Nacional A Comer Pescado; el Memorando Nº 00000248-2024-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 00000442-2024-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 3 y 5 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1047, disponen que dicha entidad es competente, entre otras materias, en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa y comercio interno; teniendo como funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas del Sector;
Que, la Política Nacional de Competitividad y Productividad, aprobada por el Decreto Supremo Nº 345-2018-EF, tiene como objetivo general la generación de bienestar para todos los peruanos sobre la base de un crecimiento económico sostenible con enfoque territorial; teniendo como Objetivos Prioritarios (OP), entre otros, los siguientes: OP Nº 3: Generar el desarrollo de capacidades para la innovación, adopción y transferencia de mejoras tecnológicas; OP Nº 4: Impulsar mecanismos de financiamiento local y externo; OP Nº 6: Generar las condiciones para desarrollar un ambiente de negocios productivo; OP Nº 7: Facilitar las condiciones para el comercio exterior de bienes y servicios; y OP Nº 9: Promover la sostenibilidad ambiental en la operación de actividades económicas;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, la cual tiene por objeto establecer el marco legal para la promoción de la competitividad, formalización y el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME), estableciendo políticas de alcance general y la creación de instrumentos de apoyo y promoción; incentivando la inversión privada, la producción, el acceso a los mercados internos y externos y otras políticas que impulsen el emprendimiento y permitan la mejora de la organización empresarial junto con el crecimiento sostenido de estas unidades económicas;
Que, de conformidad con los literales a), c) y g) del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley de...