Resolucion Ministerial Nº 000088-2023-PRODUCE. Autorizan viaje de Viceministra de Pesca y Acuicultura a Panamá, en comisión de servicios

Fecha de publicación02 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 1 de marzo de 2023

VISTOS: La Carta Nº 021-2023/SPDA de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental y The Walton Family Foundation; el Informe Nº 00000102-2023-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Informe Nº 00000065-2023-PRODUCE/DPO de la Dirección de Políticas y Ordenamiento; el Memorando Nº 00000222-2023-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 00000025-2023-PRODUCE/OCTAI de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales; el Memorando Nº 00000469-2023-PRODUCE/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y el Informe Nº 00000294-2023-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 031- 2020-PRODUCE, se aprueba la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir al interior del Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas y programas de dicha Entidad;

Que, con la Carta Nº 021-2023/SPDA, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental y The Walton Family Foundation invitaron a la señora Úrsula Desilú León Chempén, Viceministra de Pesca y Acuicultura, a participar en el evento “Por la Pesca: How Cross-sector Collaboration Is Helping to Drive Legal and Responsible Artisanal Fisheries in Perú and Ecuador” (Por la Pesca: Como la colaboración sectorial transversal está ayudando a impulsar la pesca artesanal y responsable en Perú y Ecuador), a realizarse en la ciudad de Panamá, el día 03 de marzo de 2023, señalando que la primera institución asumirá los costos de pasaje internacional, alimentación y alojamiento de la mencionada persona;

Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1047, dispone que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería; asimismo, que es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, acuicultura de mediana y gran empresa, entre otros;

Que, el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, establece que el Viceministro/a de Pesca y Acuicultura, es la autoridad inmediata de el/la...

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