Resolucion Ministerial Nº 000059-2023-PRODUCE. Autorizan viaje de Viceministra de Pesca y Acuicultura a Ecuador, en comisión de servicios

Fecha de publicación10 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima,10 de febrero de 2023

VISTOS: El OF.RE(AMA) Nº 2-12-A/377 y el OF.RE(DSL) Nº 2-12-A/14, del Ministerio de Relaciones Exteriores; los Informes Nos. 00000062-2023-PRODUCE/DGPARPA, 00000067-2023-PRODUCE/DGPARPA y 00000079-2023-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Memorando Nº 00000155-2023-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; el Memorando Nº 00000129-2023-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 00000016-2023-PRODUCE/OCTAI de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales; el Memorando Nº 00000236-2023-PRODUCE/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y el Informe Nº 00000181-2023-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 031-2020-PRODUCE, se aprueba la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir al interior del Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas y programas de dicha Entidad;

Que, con el OF.RE(AMA) Nº 2-12-A/377 y el OF.RE(DSL) Nº 2-12-A/14, el Ministerio de Relaciones Exteriores remite la invitación para participar en la “11º Reunión Anual de la Comisión de la Organización Regional para el Ordenamiento Pesquero del Pacifico Sur (OROP-PS) (COMM 11)” y en la “10º Reunión del Comité de Administración y Finanzas (FAC 10)”, a llevarse a cabo del 13 al 17 de febrero de 2023 en la ciudad de Manta, República del Ecuador;

Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1047, dispone que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería; asimismo, que es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, acuicultura de mediana y gran empresa, entre otros;

Que, el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, establece que el Viceministro/a de Pesca y Acuicultura, es la autoridad inmediata de el/la Ministro/a de la Producción en materia de ordenamiento pesquero y acuícola;

Que, el Informe Nº 00000007-2023-PRODUCE/DSE, de la Dirección de Seguimiento y...

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