RESOLUCION MINISTERIAL, 337-2018-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Designan Director Titular y Director Suplente en representación del Gobierno Regional de Lima, en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Aguas de Lima Norte Sociedad Anónima - EPS Aguas de Lima Norte S.A.-RESOLUCION MINISTERIAL-337-2018-VIVIENDA

EmisorVIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2018

Designan Director Titular y Director Suplente en representación del Gobierno Regional de Lima, en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Aguas de Lima Norte Sociedad Anónima - EPS Aguas de Lima Norte S.A.

RESOLUCIóN MINISTERIAL

Nº 337-2018-VIVIENDA

Lima, 3 de octubre del 2018

VISTOS: El Oficio Nº 093-2018-EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A.-GG de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Aguas de Lima Norte S.A.; el Memorándum Nº 749-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Informe Nº 211-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, dispone que son prestadores de los servicios de saneamiento, entre otras, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas;

Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo citado en el considerando precedente, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por un (1) representante, titular y suplente, de las municipalidades accionistas, propuesto a través de Acuerdo de Concejo Municipal; un (1) representante, titular y suplente, del gobierno regional, propuesto por el Consejo Regional a través del Acuerdo de Consejo Regional; y un (1) representante, titular y suplente, de la Sociedad Civil, propuesto por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes;

Que, conforme a lo dispuesto por los párrafos 53.2 y 53.5 del artículo 53 del mencionado Decreto Legislativo, modificado por el Decreto Legislativo N° 1358, la designación del representante del Gobierno Regional es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de Resolución Ministerial, considerando a los candidatos propuestos por el Consejo Regional, teniendo dicha resolución mérito suficiente para su inscripción en el Registro...

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