RESOLUCION MINISTERIAL, 0357-2020-MTC/01.03, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Modifican “Directiva que establece el procedimiento para el otorgamiento del beneficio de pago fraccionado de deudas por concepto de Tasas, Canon y Multas Administrativas derivadas de la aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la Ley Nº 28278 - Ley de Radio y Televisión - y sus respectivos Reglamentos”-RESOLUCION MINISTERIAL-0357-2020-MTC/01.03
Fecha de disposición | 02 Julio 2020 |
Fecha de publicación | 02 Julio 2020 |
Sección | Sección Única |
Modifican “Directiva que establece el procedimiento para el otorgamiento del beneficio de pago fraccionado de deudas por concepto de Tasas, Canon y Multas Administrativas derivadas de la aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la Ley Nº 28278 - Ley de Radio y Televisión - y sus respectivos Reglamentos”
resolución ministerial
n° 0357-2020-MTC/01.03
Lima, 1 de julio de 2020
VISTO:
El Informe N° 0427-2020-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2005-MTC se aprobó la Directiva Nº 002-2005-MTC/03.03, “Directiva que establece el procedimiento para el otorgamiento del beneficio de pago fraccionado de deudas por concepto de Tasas, Canon y Multas Administrativas derivadas de la aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la Ley Nº 28278–Ley de Radio y Televisión – y sus respectivos Reglamentos”, en adelante la Directiva;
Que, el numeral VI de la citada Directiva, estableció inicialmente que para acogerse al beneficio de pago fraccionado, el titular de la deuda o su representante legal debía presentar una solicitud dirigida al Director de la Oficina de Recaudación y Soporte Operativo del Viceministerio de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, órgano que emitía el resolutivo correspondiente, lo que fue modificado en virtud a la dación de la Ley Nº 29370, nueva Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que se aprobó con Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, en el cual se disponía que la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, respectivamente, tenían la función de emitir resolutivos de fraccionamiento de deuda;
Que, considerando los cambios en la denominación de los órganos competentes para atender solicitudes de fraccionamiento y con el fin de simplificar los requisitos para obtener dicho beneficio, se expidió la Resolución Ministerial N° 600-2018-MTC/01.03, cuyo artículo 2 establece que toda mención en la Directiva, a la Oficina de Recaudación y Soporte Operativo, se entiende referida al órgano de línea correspondiente del Sector Comunicaciones;
Que, posteriormente se expidió un nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya primera y segunda sección fueron aprobadas mediante el Decreto Supremo N° 021-2018-MTC y Resolución Ministerial N° 015-2019-MTC/01 respectivamente; asimismo, el Texto Integrado de dicho reglamento se aprobó mediante la Resolución Ministerial N° 959-2019-MTC/01, cuyo artículo 57 dispone que la Oficina de Cobranza y Ejecución Coactiva es la unidad orgánica dependiente de la Oficina General de Administración encargada de la gestión de cobranzas, así como de la coordinación y ejecución de los procedimientos de ejecución coactiva de las obligaciones a cargo de personas naturales o jurídicas generadas por los órganos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, provenientes de relaciones jurídicas de derecho público;
Que, en la misma línea, el literal e) del artículo 58 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que corresponde a la Oficina de Cobranza y Ejecución Coactiva efectuar acciones sobre fraccionamiento de deuda, de acuerdo a las disposiciones que emite el órgano que genera la obligación económica; así como determinar los intereses de deuda de los procedimientos a su cargo;
Que, en tal sentido, considerando el cambio del órgano competente para atender solicitudes de beneficio de pago fraccionado, se advierte la necesidad realizar las actualizaciones respectivas en la Directiva, a efectos de precisar que la unidad orgánica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones competente para efectuar acciones sobre el fraccionamiento de deudas es la Oficina de Cobranza y Ejecución Coactiva; asimismo, y como consecuencia de lo anterior, se dispone derogar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 600-2018-MTC/01.03;
Que, asimismo, resulta necesario actualizar el acápite III de la Directiva, referido a la base legal que sustenta dicha norma...
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