Resolucion jefatural Nº 252-2023-J/INEN. Designan Director General de la Oficina General de Administración del INEN

Fecha de publicación15 Septiembre 2023
SecciónSección Única
8NORMAS LEGALES Viernes 15 de setiembre de 2023
El Peruano
/
Análisis Regulatorio y de la Ocina General de Asesoría
Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece
el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del
Impuesto General a las Ventas y sus modicatorias, y
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-
2007-EF y sus modicatorias; el Decreto Legislativo N°
1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de la Producción y sus modicatorias; y el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N°
002-2017-PRODUCE y su modicatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de empresa calicada y de
las listas
Aprobar como empresa calicada, para efectos
del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto
Legislativo que establece el Régimen Especial de
Recuperación Anticipada del Impuesto General a las
Ventas, a la empresa PARQUE LOGÍSTICO CALLAO
S.R.L. para el desarrollo del proyecto denominado “Parque
Logístico y/o de Distribución Moderno de Almacenamiento
Cabecera Norte”; así como aprobar la Lista de Servicios y
Contratos de Construcción (Anexo N° I) y el Cronograma
de Ejecución de Inversiones (Anexo N° II), que como
Anexos forman parte integrante de la presente Resolución
Ministerial.
Artículo 2.- Monto del compromiso de inversión
Establecer que el monto del compromiso de inversión
a cargo de la empresa PARQUE LOGÍSTICO CALLAO
S.R.L., por el desarrollo del Proyecto denominado “Parque
Logístico y/o de Distribución Moderno de Almacenamiento
Cabecera Norte”, asciende a la suma de US$ 49 559
917,00 (Cuarenta y nueve millones quinientos cincuenta
y nueve mil novecientos diecisiete y 00/100 dólares de
los Estados Unidos de América) sin incluir el Impuesto
General a las Ventas - IGV. Dicho compromiso de
inversión se desarrollará en cuatro (4) etapas:
- Etapa 1: Con un compromiso de inversión ascendente
a US$ 13 346 262,00 (Trece millones trecientos cuarenta
y seis mil doscientos sesenta y dos y 00/100 dólares de
los Estados Unidos de América). Este compromiso será
ejecutado en un plazo de un (1) año y veinte (20) días,
contados desde el 11 de octubre de 2022 hasta el 31 de
octubre de 2023.
- Etapa 2: Con un compromiso de inversión ascendente
a US$ 9 569 927,00 (Nueve millones quinientos sesenta
y nueve mil novecientos veintisiete y 00/100 dólares de
los Estados Unidos de América). Este compromiso será
ejecutado en un plazo de un (1) año y treinta (30) días,
contados desde el 1 de agosto de 2023 hasta el 31 de
agosto de 2024.
- Etapa 3: Con un compromiso de inversión ascendente
a US$ 14 752 969,00 (Catorce millones setecientos
cincuenta y dos mil novecientos sesenta y nueve y
00/100 dólares de los Estados Unidos de América). Este
compromiso será ejecutado en un plazo de un (1) año y
veintinueve (29) días, contados desde el 1 de junio de
2024 hasta el 30 de junio de 2025.
- Etapa 4: Con un compromiso de inversión ascendente
a US$ 11 890 759,00 (Once millones ochocientos noventa
mil setecientos cincuenta y nueve y 00/100 dólares de
los Estados Unidos de América). Este compromiso será
ejecutado en un plazo de un (1) año y veintinueve (29)
días, contados desde el 1 de abril de 2025 hasta el 30 de
abril de 2026.
Artículo 3.- Plazo de ejecución del compromiso de
inversión
Establecer como plazo de ejecución del compromiso
de inversión, tres (3) años, seis (6) meses y diecinueve
(19) días, contados a partir del 11 de octubre de
2022, fecha de presentación, por parte de la empresa
PARQUE LOGÍSTICO CALLAO S.R.L., de la solicitud
de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación
Anticipada del IGV, hasta el 30 de abril de 2026.
Artículo 4.- Requisitos y características del
Proyecto
Establecer, para efectos del numeral 3.2 del artículo
3 del Decreto Legislativo 973, que el Proyecto
denominado “Parque Logístico y/o de Distribución
Moderno de Almacenamiento Cabecera Norte” generará
renta de tercera categoría; siendo el compromiso de
inversión para su ejecución superior al monto mínimo de
US$ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 dólares de
los Estados Unidos de América), sin incluir el IGV; y, que
cuenta con una etapa preproductiva mayor a dos (2) años,
contados a partir de la fecha de inicio del Cronograma de
Ejecución de Inversiones.
Artículo 5.- Cobertura del Régimen Especial
El Régimen Especial de Recuperación Anticipada del
Impuesto General a las Ventas a que se reere el numeral
2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 973 y normas
reglamentarias aplicables, consiste en la devolución del IGV
que grava las importaciones y/o adquisiciones locales de
Bienes, Servicios y Contratos de Construcción, realizadas
en la etapa preproductiva, que se señalan en el Anexo N°
I de la presente Resolución Ministerial; y siempre que se
utilicen directamente en la ejecución del compromiso de
inversión del Proyecto denominado: “Parque Logístico y/o
de Distribución Moderno de Almacenamiento Cabecera
Norte” durante el periodo señalado en el artículo 3 de la
presente Resolución Ministerial.
Para determinar el benecio antes indicado se
considerarán las adquisiciones de bienes, servicios y
contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir
del 11 de octubre de 2022 hasta la fecha anterior al inicio
de operaciones productivas a que se reere el artículo 5 del
Decreto Legislativo N° 973 y sus normas reglamentarias.
Artículo 6.- Publicación
Dispone la publicación de la presente Resolución
Ministerial y sus Anexos, en el portal institucional del
Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el
mismo día de su publicación en el diario ocial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA CHOQUEHUANCA
Ministra de la Producción
2215470-1
ORGANISMOS EJECUTORES
INSTITUTO NACIONAL DE
ENFERMEDADES NEOPLASICAS
Designan Director General de la Oicina
General de Administración del INEN
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 252-2023-J/INEN
Lima, 14 de septiembre del 2023.
VISTOS:
La Carta S/N de fecha 14 de setiembre de 2023, del
servidor Econ. Juan Carlos Chávez Chávarry, al cargo de
Director General de la Ocina General de Administración
del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas –
INEN, el Memorando Nº 000728-2023-ORH-OGA/INEN de
la Ocina de Recursos Humanos y el Informe Nº 001255-
2023-OAJ/INEN, de la Ocina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28748, crea como Organismo Público
Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 15/09/2023 23:07

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