RESOLUCION JEFATURAL Nº 217-2015-INEI - Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de junio de 2015

Fecha de disposición02 Julio 2015
Fecha de publicación02 Julio 2015
El Peruano
Jueves 2 de julio de 2015 556427
incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las
destrezas y competencias necesarias para alcanzar
mejores niveles de cali cación profesional y desarrollo
laboral;
Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada,
precisa que la acreditación es el reconocimiento público
y temporal de la institución educativa, área, programa o
carrera profesional que voluntariamente ha participado
en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica,
institucional y administrativa, estableciéndose asimismo
que la acreditación se da como consecuencia del informe
de evaluación satisfactorio debidamente veri cado,
presentado por la entidad acreditadora;
Que, mediante la Décima Segunda Disposición
Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley
Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en
reorganización el Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certi cación de la Calidad Educativa –
SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del
numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley
Nº 28740, dejándose sin efecto en tal sentido, al Consejo
Superior y los órganos operadores del sistema;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma
invocada precedentemente, el Ministerio de Educación
mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del
28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc,
integrado por la presidencia del COSUSINEACE, quien
presidirá, un representante del Ministerio de Educación y
la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología
e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es
ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del
sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación
de la reorganización del SINEACE;
Que, mediante Informe Nº 037-2015-SINEACE/ST-
DEA-IEES, la Dirección de Evaluación y Acreditación de
Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE,
considerando el Informe Final de la evaluación externa
realizada por la Entidad Evaluadora SGS Certi cadora de
Educación S.A.C., recomienda se otorgue la acreditación
a la carrera profesional de Dirección y Diseño Publicitario,
del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado
Toulouse Lautrec, al haber cumplido con los requisitos
establecidos en el modelo de calidad del SINEACE,
alcanzando una valoración de trescientos veinte (320)
puntos, correspondiendo una vigencia de tres (03) años,
de acuerdo con el Procedimiento para la Evaluación y
Acreditación de las Instituciones de Educación Superior
No Universitaria – versión II;
Que, en atención al informe antes indicado y en
ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo
Directivo Ad Hoc, en sesión del 27 de mayo 2015, llegó al
Acuerdo Nº 106-2015-CDAH, mediante el cual se otorga
la acreditación a la carrera profesional de Dirección y
Diseño Publicitario, del Instituto de Educación Superior
Tecnológico Privado Toulouse Lautrec, con una vigencia
de tres (03) años;
De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema
Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi cación de la
Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado
con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220,
Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014-
MINEDU y sus modi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- O cializar el Acuerdo Nº 106-2015-
CDAH, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc
del SINEACE en Sesión del 27 de mayo 2015, otorgó
la acreditación a la carrera profesional de Dirección y
Diseño Publicitario, del Instituto de Educación Superior
Tecnológico Privado Toulouse Lautrec, con una vigencia
de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la
presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario O cial El Peruano, así como en el
Portal Web del SINEACE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
COSUSINEACE
1256885-6
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA E INFORMATICA
Índices Unificados de Precios de
la Construcción para las seis Áreas
Geográficas, correspondientes al mes
de junio de 2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 217-2015-INEI
Lima, 1 de julio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición
Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de
18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo
de Reajuste de Precios de la Construcción;
Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria
y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al
Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las
funciones de elaboración de los Índices de los elementos
que determinen el costo de las Obras;
Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se
considera necesaria la publicación de aquellos Índices
que a la fecha cuentan con la información requerida;
Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos
ha elaborado el Informe Nº 01-06-2015/DTIE, referido a
los Índices Uni cados de Precios de la Construcción, para
las seis (6) Áreas Geográ cas, correspondientes al mes
de junio de 2015, el mismo que cuenta con la conformidad
de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices
Uni cados de Precios de la Construcción;
En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º
del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar los Índices Uni cados
de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas
Geográ cas, correspondientes al mes de junio de 2015,
que a la fecha cuentan con la información requerida, tal
como se detalla a continuación:
ÍNDICE JUNIO 2015
CÓDIGO
30 438,07
34 482,40
39 415,20
47 523,15
49 283,41
53 644,41
Regístrese y comuníquese.
ANIBAL SÁNCHEZ AGUILAR
Jefe (e)
1257636-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE EDUCACION
SUPERIOR UNIVERSITARIA
Delegan facultades al Jefe de la Oficina
de Recursos Humanos
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 033-2015-SUNEDU
Lima, 26 de junio de 2015

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