RESOLUCION JEFATURAL Nº 207-2015-FONDEPES/J - Designan Jefa de la Oficina General de Administración del FONDEPES

Fecha de publicación23 Julio 2015
Fecha de disposición23 Julio 2015
557971
NORMAS LEGALES
Jueves 23 de julio de 2015
El Peruano
/
Artículo 21.- Experiencia en gestión pública
La experiencia en gestión pública será cali cada
con tres (03) puntos por cada año acreditado, hasta un
máximo de treinta (30) puntos.
Artículo 22.- Entrevista personal
22.1. La entrevista personal tiene por objeto evaluar el
desenvolvimiento del postulante, para lo cual el Comité de
Selección deberá tomar en cuenta lo siguiente:
a) Cuestionamientos y avales formulados sobre el
postulante en la etapa de consulta.
b) Criterios sobre promoción, defensa y reconocimiento
de los derechos de la persona con discapacidad.
c) Criterios sobre una e caz y e ciente gestión pública.
d) Experiencia profesional de acuerdo con su
producción y trayectoria de vida.
e) Otros criterios que sustenten su idoneidad o
probidad que requiere el ejercicio del cargo.
22.2. El Comité de Selección deberá emplear la
información aportada en la etapa de consulta para
la valorización de las preguntas y respuestas que se
formulen en la entrevista.
TÍTULO VII
Selección
Articulo 23.- De la selección de la terna.
23.1. Culminado el plazo para la sistematización y
evaluación, el Comité de Selección, en un plazo no mayor
a tres (3) días hábiles, remitirá una comunicación a los
que considere los tres mejores postulantes para que estos
remitan la documentación exigida por el numeral 11.7 del
artículo 11 de la presente norma.
23.2. Los postulantes dispondrán de tres (3) días
hábiles para remitir la información señalada en el numeral
precedente, a través de la dirección institucional de la
Presidencia del Consejo de Ministros que se indique, para
estos efectos, en los portales institucionales señalados en
el numeral 10.1 del artículo 10 de la presente norma.
Toda la documentación e información presentada
por los postulantes en el procedimiento, estará sujeto a
scalización posterior, en el marco de la Ley N° 27444,
23.3. Culminado el plazo indicado en el numeral
anterior, el Comité de Selección presentará la terna
seleccionada al Despacho Ministerial de la Presidencia del
Consejo de Ministros, a n que la misma sea propuesta al
Presidente de la República.
23.4. Sobre la terna seleccionada no cabe recurso de
impugnación alguno.
23.5. Si el Presidente de la República desestima a los
postulantes previstos en la terna, deberá llevarse a cabo
una nueva convocatoria.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- Cooperación técnica
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
proporcionará, al Comité de Selección, las versiones
accesibles; así como los mecanismos de información
y comunicación accesibles a que se re ere el numeral
10.4 del artículo 10 y el numeral 12.2 del artículo 12 de la
presente norma, respectivamente; y, le brindará la asistencia
técnica con el propósito de que el procedimiento se realice
empleando medidas que aseguren el acceso de las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones al entorno
físico, comunicación, sistemas y tecnologías de la información
y otros servicios e instalaciones abiertas al público.
1266800-1
PRODUCE
Designan miembro del Consejo Directivo
del Instituto del Mar del Perú - IMARPE
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 013-2015-PRODUCE
Lima, 22 de julio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N°
007-2013-PRODUCE de fecha 10 de octubre de 2013, se
designó como miembro del Consejo Directivo del Instituto
del Mar del Perú – IMARPE al señor Jaime Humberto
Mendo Aguilar;
Que, el señor Jaime Humberto Mendo Aguilar ha
presentado renuncia como miembro del Consejo Directivo
del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, por lo que
corresponde aceptar la renuncia presentada y designar a
su reemplazante;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos;
en el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la
Producción; en el Decreto Legislativo N° 95, Ley del
Instituto del Mar del Perú - IMARPE; en el Reglamento
de Organización y Funciones del Instituto del Mar del
Perú – IMARPE, aprobado por Resolución Ministerial N°
345-2012-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor JAIME
HUMBERTO MENDO AGUILAR como miembro del
Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú – IMARPE,
dándosele las gracias por los importantes servicios
prestados.
Artículo 2.- Designar al señor MARCO ANTONIO
ESPINO SÁNCHEZ como miembro del Consejo Directivo
del Instituto del Mar del Perú – IMARPE.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Ministro de la Producción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PIERO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción
1266799-7
Designan Jefa de la Oicina General de
Administración del FONDEPES
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 207-2015-FONDEPES/J
Lima, 22 de julio de 2015
Visto, la carta de renuncia de fecha 21 de julio de 2015
presentada por el señor Juan Rivera Céspedes al cargo
de Jefe de la O cina General de Administración del Fondo
Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero
–FONDEPES-, creado por el Decreto Supremo N°
010-92-PE, y rati cado por Decreto Ley Nº 25977, es
un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio
de la Producción con personería jurídica de derecho
público. Goza de autonomía técnica, económica y
administrativa, cuya nalidad es promover, ejecutar y
apoyar técnica, económica y nancieramente el desarrollo
de las actividades y proyectos de pesca artesanal y de
acuicultura;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº
007-2015-FONDEPES/J, de fecha 09 de enero de
2015, se designó al señor Juan Rivera Céspedes en el
cargo de Jefe de la Oficina General de Administración
del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero –
FONDEPES;
Que, el citado funcionario ha renunciado al cargo para
el que fue designado, por lo que resulta necesario aceptar
dicha renuncia y designar a la persona que desempeñará
el referido cargo; y,
De conformidad con lo previsto por el artículo 3º
de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del

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