RESOLUCION JEFATURAL N° 132-2015-INEI - Autorizan ejecución de la 'Encuesta Económica Anual 2015'

Fecha de disposición08 Mayo 2015
Fecha de publicación08 Mayo 2015
El Peruano
Viernes 8 de mayo de 2015 552233
del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N°
1033.
SE RESUELVE:
Artículo primero.- Dar por concluida la designación
de la señora Silvia Zavaleta Flores y la señorita Sandra
Arrieta Ramos, como responsables de coordinar la
publicación y actualización del Registro de Infracciones y
Sanciones, en calidad de titular y alterna, respectivamente,
con efectividad al 30 de abril de 2015, dándoles las gracias
por los servicios prestados a la Institución en el ejercicio
de dicha designación.
Artículo segundo.- Designar al señor Sixto Benjamín
Vila Alarcón y a la señora Rocío Esther Urbina Linares,
como responsables de coordinar la publicación y
actualización del Registro de Infracciones y Sanciones,
en calidad de titular y alterno, respectivamente, con
efectividad al día 01 de mayo de 2015.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA
Presidente del Consejo Directivo
1233724-1
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan ejecución de la “Encuesta
Económica Anual 2015”
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 132-2015-INEI
Lima, 29 de abril de 2015
Visto, el Of‌i cio Nº 1486-2015/INEI-DNCE-DNCEEE, de
la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, solicitando
la aprobación de la Encuesta Económica Anual 2015
(EEA-2015).
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604, “Ley
de Organización y Funciones del Instituto Nacional de
Estadística e Informática”, el INEI, es el ente rector del
Sistema Estadístico Nacional y tiene entre sus funciones:
normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos
y técnicas estadísticas utilizados por los Órganos del
Sistema, para la producción de estadísticas of‌i ciales a
nivel regional y nacional;
Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas a
través de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de
Empresas y Establecimientos (DECEEE), informa que para
f‌i nes de medición de la actividad económica - f‌i nanciera de
los sectores económicos del país, es necesario continuar
realizando a nivel nacional, la Encuesta Económica
Anual 2015, cuya cobertura comprende a los sectores:
Comercio, Universidades No Estatales, Instituciones
Educativas de Gestión Privada, Pesca Transformativa,
Extractiva y Acuicultura; Actividades de Agencias de
Viaje, Organizadores de Viaje y de Asistencia a Turistas,
Actividades de Alojamiento y de Servicio de Comidas,
Manufactura y Agroindustria, Construcción, Transportes
y Comunicaciones, Hidrocarburos, Servicios Eléctricos y,
otros servicios;
Que, la Encuesta Económica Anual 2015, permitirá
obtener información económica - f‌i nanciera, indispensable
para la elaboración de las variables macroeconómicas
e indicadores económicos – f‌i nancieros por actividad
económica, que con tribuyan a un mejor conocimiento de
la realidad económica sectorial y nacional, además de la
adopción de medidas que sirvan de base para mejorar
la producción de estadísticas económicas del Sistema
Estadístico Nacional;
Que, mediante Informe Nº 030-2015 INEI/DNCE-
DECEEE de 17 de abril de 2015, la Dirección Nacional
de Censos y Encuestas en coordinación con las Of‌i cinas
Sectoriales de Estadística correspondientes, han llevado
a cabo las actividades de planeamiento de la referida
Encuesta; así como, la def‌i nición y contenido de los
formularios electrónicos a ser utilizados en la Encuesta
Económica Anual 2015, resultando pertinente autorizar
su ejecución y aprobación de los respectivos formularios
y establecer el plazo de su entrega, en armonía con lo
dispuesto por los artículos 81° y 83° del Decreto Supremo
Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática;
Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de
Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura
de Estadística; de la Of‌i cina Técnica de Asesoría Jurídica;
y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática”.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar, la ejecución de la “Encuesta
Económica Anual 2015”, a nivel nacional, del 11 de
mayo al 10 de julio de 2015; dirigida a las empresas que
desarrollaron alguna actividad económica durante el año
2014, de los sectores siguientes: Comercio, Universidades
No Estatales, Instituciones Educativas de Gestión
Privada, Pesca Transformativa, Extractiva y Acuicultura;
Actividades de Agencias de Viaje, Organizadores de Viaje
y de Asistencia a Turistas, Actividades de Alojamiento y
de Servicio de Comidas, Manufactura y Agroindustria,
Construcción, Transportes y Comunicaciones,
Hidrocarburos, Servicios Eléctricos y Otros Servicios; la
que estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos
y Encuestas; de las Of‌i cinas Departamentales de
Estadistica e Informática – ODEIs, de los Órganos de
Estadística de los Gobiernos Regionales y, de las Of‌i cinas
Sectoriales de Estadística de los Ministerios, los mismos
que se detallan en el Anexo Nº 01, que forma parte de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar, los formularios electrónicos de la
“Encuesta Económica Anual 2015”, con la denominación
que se detalla en el Anexo Nº 02. El acceso a los
formularios y su devolución con la información requerida,
se realizará siguiendo los procedimientos establecidos
en el Anexo Nº 03, utilizando los contactos electrónicos
indicados.
Artículo 3°.- Establecer, como plazo máximo para la
presentación de los formularios con información de la EEA
2015, tomando como referencia el último dígito del RUC
de las empresas en la forma siguiente:
Último dígito de RUC, 2, 5 y 9 hasta el 29 de mayo
Último dígito de RUC, 1, 4 y 7 hasta el 19 de junio
Último dígito de RUC, 0,3,6 y 8 hasta el 10 de julio
Artículo 4°.- Precisar, que las empresas seleccionadas
están obligadas a responder los formularios de la Encuesta
Económica Anual 2015, con información económica-
f‌i nanciera correspondiente al ejercicio económico del año
2014; que podrán obtenerlo:
• Mediante un aplicativo Web que estará disponible
en la dirección electrónica http://encuestas.inei.gob.pe/
economicas/ utilizando una CLAVE DE ACCESO que le
será proporcionada via carta dirigida a vuestra empresa,
• O mediante un formulario electrónico en la cual podrá
descargar e instalarlo en su PC, ubicada en la misma
dirección electrónica.
La información económica f‌i nanciera que proporcione
la empresa, debe ser presentada de conformidad con las
normas del Plan Contable General Empresarial.
Artículo 5º.- Precisar, que el periodo de recepción
de los formularios, de las pequeñas a grandes empresas
de los departamento de Lima es de dos (2) meses,
con un mes de recuperación; en los departamentos de
Arequipa, La Libertad y Piura, es de dos (2) meses, con
quince (15) días de recuperación y, en el caso de los otros
departamentos, es de dos (2) meses.
Artículo 6°.- Disponer, que las empresas que
desarrollaron las actividades económicas señaladas en
el artículo 1º de la presente Resolución, que incumplan
con presentar la información solicitada dentro del plazo
establecido; serán pasibles de ser sancionadas con

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR