Resolucion Jefatural N° 0179-2022-MIDAGRI-SENASA. Aprueban modificaciones y la versión actualizada de la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria
Fecha de publicación | 01 Diciembre 2022 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
29 de noviembre de 2022
VISTO:
El INFORME-0078-2022-MIDAGRI-SENASA-OPDI-KLARRAURI de fecha 21 de noviembre de 2022, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 60 de la Constitución Política del Perú establece: “[…] La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. // Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional”;
Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”;
Que, el Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, a través del cual se establecen disposiciones aplicables a las entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, dispone en su artículo 2 que el Titular de la entidad, mediante resolución, establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiera, el monto del precio expresado en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT y su forma de pago; asimismo, señala que toda modificación deberá aprobarse por resolución del Titular de la entidad y publicarse en el diario oficial El Peruano;
Que, mediante la Resolución Jefatural-0144-2015-MINAGRI-SENASA de fecha 10 de junio de 2015, se aprueba la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, estableciendo los precios que cobrarán las dependencias de la entidad por los servicios que brinda en forma no exclusiva;
Que, con la Resolución Jefatural-0069-2019-MINAGRI-SENASA de fecha 21 de mayo de 2019, la Resolución Jefatural-0127-2019-MINAGRI-SENASA de fecha 16 de setiembre de 2019, la Resolución Jefatural-0108-2020-MINAGRI-SENASA de...
VISTO:
El INFORME-0078-2022-MIDAGRI-SENASA-OPDI-KLARRAURI de fecha 21 de noviembre de 2022, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 60 de la Constitución Política del Perú establece: “[…] La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. // Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional”;
Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”;
Que, el Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, a través del cual se establecen disposiciones aplicables a las entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, dispone en su artículo 2 que el Titular de la entidad, mediante resolución, establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiera, el monto del precio expresado en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT y su forma de pago; asimismo, señala que toda modificación deberá aprobarse por resolución del Titular de la entidad y publicarse en el diario oficial El Peruano;
Que, mediante la Resolución Jefatural-0144-2015-MINAGRI-SENASA de fecha 10 de junio de 2015, se aprueba la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, estableciendo los precios que cobrarán las dependencias de la entidad por los servicios que brinda en forma no exclusiva;
Que, con la Resolución Jefatural-0069-2019-MINAGRI-SENASA de fecha 21 de mayo de 2019, la Resolución Jefatural-0127-2019-MINAGRI-SENASA de fecha 16 de setiembre de 2019, la Resolución Jefatural-0108-2020-MINAGRI-SENASA de...
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