Resolucion Jefatural N° 0088-2023-ANA. Modifican la Resolución Jefatural N° 001-2023-ANA, mediante la cual se delegan facultades en diversos funcionarios de la Autoridad Nacional del Agua durante el ejercicio fiscal 2023

Fecha de publicación16 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
San Isidro, 15 de marzo de 2023

VISTOS:

El Proveído N° 0004-2023-ANA-DOUA de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua; el Memorando N° 0538-2023-ANA-OA de la Oficina de Administración, el Memorando N° 0650-2023-ANA-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 0270-2023-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Jefatural N° 001-2023-ANA, publicada en el diario Oficial El Peruano el 06 de enero de 2023, se delegan facultades en diversos funcionarios de la Autoridad Nacional del Agua durante el ejercicio fiscal 2023;

Que, la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, mediante documento de Vistos, remite el Informe Técnico N° 0006-2023-ANA-DOUA/AJCJ, en el cual se propone delegar a los/las Administradores/as Locales de Agua de las Administraciones Locales de Agua, la facultad de aprobar contrataciones de bienes y servicios cuyos montos sean iguales o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias para el inicio de las actividades de mantenimiento de Infraestructura de Riego, en el marco del plan de reactivación rápida de la economía “Con Punche Perú”;

Que, según lo establecido en el artículo 21º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua ejerce la representación legal e institucional de la entidad y conduce la marcha general de la misma, asumiendo la titularidad del pliego presupuestal;

Que, conforme señala el artículo I del Título Preliminar de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158, las autoridades están sometidas a la Constitución Política del Perú, a las leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico, y desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les estén conferidas;

Que, respecto a las facultades que le están conferidas a las autoridades, el inciso 76.1 del artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala, que “El ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación, según lo previsto en esta Ley”;

Que, asimismo, el inciso 78.1 del artículo 78º de dicho cuerpo normativo establece que procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma Entidad;

Que, en materia de contratación pública, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley...

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