Resolucion Jefatural N° 000730-2023-JN/ONPE. Autorizan viaje de servidores de la ONPE a Brasil, en comisión de servicios

Fecha de publicación10 Agosto 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 8 de agosto de 2023

VISTOS: la Invitación S/n, del Tribunal Superior Eleitoral e International Foundation For Electoral Systems de la República Federativa de Brasil; el Oficio Nº 000644-2023-JN/ONPE y el Memorando Nº 000319-2023-JN/ONPE, de la Jefatura Nacional; los Memorandos n.°s 002197-2023-SG/ONPE y 002199-2023-SG/ONPE, de la Secretaría General; así como el Informe Nº 000951-2023-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

En el marco del evento “Preserving Information Integrity and Public Trust in Elections” traducido al español ““Preservar la integridad de la información y la confianza pública en las elecciones”, se dieron las siguientes actuaciones:

Preliminarmente cabe precisar que, en la invitación remitida por el organizador del evento, se señaló que los gastos referidos a boleto aéreo, hospedaje, alimentación, así como la asistencia financiera adicional para lo que resulte necesario, serán asumidos por ellos, desde el 13 al 16 de agosto de 2023.

Ante ello, mediante correos institucionales del 7 y 8 de agosto respectivamente, la Jefatura Nacional y la Secretaría General precisaron, entre otros aspectos que, el costo del seguro de viaje de la Asesora I de la Jefatura Nacional, la SRA. KATIUSKA VALENCIA SEGOVIA asciende a U$ 22,50 (veintidós con cincuenta dólares americanos), mientras que el costo del seguro para el Secretario General, el SR. ELAR JUAN BOLAÑOS LLANOS, asciende a U$ 22.52 (veintidós con cincuenta y dos dólares americanos) siendo el monto, con forma de pago al contado, considerando la propuesta más económica, de conformidad con el numeral 11.1 del Artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica;

En esa línea, cabe señalar que, de conformidad con los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 27619 que, regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y con los Artículos 2 y 4 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o institucional y deberá ser publicada en el diario oficial “El Peruano”, con anterioridad al viaje;

En ese sentido, cabe destacar que el evento “Preserving Information Integrity and Public Trust in Elections” traducido al español...

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