Resolucion Jefatural N° 000281-2019-GR.LAMB/ORAD [3262134 - 8]. Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado administrado por el Gobierno Regional Lambayeque de predio denominado “NUEVA ESPERANZA”; ubicado en el distrito de Pitipo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque

Fecha de publicación06 Octubre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
(Se publican las presentes Resoluciones a solicitud del Gobierno Regional de Lambayeque, efectuada a través del Portal de Gestión de Atención al Cliente del Diario Oficial El Peruano -PGA, recibido el 5 de octubre de 2022)

Chiclayo, 13 de diciembre de 2019

VISTO:

El Informe Nº 69-2019-GR. LAMB/ORAD-DIATPF-NCCA [3262134-4] de fecha 07 de setiembre de 2019 y Certificado de Búsqueda Catastral N° 2766486 de fecha 15 de abril del 2019;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley 29151-Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°007-2008-Vivienda;

Que, el Gobierno Regional de Lambayeque es competente para inmatricular, administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción con excepción de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establece el Inc. j) del Art. 35° de la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralización y el Art. 62° de la Ley N°27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Art. 18° del Reglamento de la Ley N°29151 aprobado por D.S N°007-2008-VIVIENDA;

Que, mediante Resolución Ministerial N°429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 26 de julio de 2006, se comunicó que el 06 de marzo de 2006 el Ministerio de Economía y Finanzas y el Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque suscribieron el Acta de Entrega y Recepción mediante el cual se formalizó la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdicción de este Gobierno Regional, con excepción de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento al Inc. j) del Art.35°de la Ley 27783-Ley de Bases de Descentralización, así como los Arts. 10° y 62° de la Ley N°27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, el segundo párrafo del Art. 9° de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales-Ley N°29151 establece que los Gobiernos Regionales, respecto a los bienes de propiedad del Estado bajo su administración en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutarán los actos previstos en el Art. 35° Inc. j) de la Ley...

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