Resolucion Jefatural N° 000126-2022/JNAC/RENIEC. Autorizan la transferencia del acervo documentario registral de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción; así como de sus respectivos títulos archivados y la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera, de la Oficina de Registros del Estado Civil automatizada de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua y de la Municipalidad Provincial de Casma, departamento de Ancash; la cual se hará efectiva a partir del día viernes 22 de julio del 2022

Fecha de publicación19 Julio 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 15 de julio de 2022

VISTOS:

El Informe Nº 000202-2022/DRC/SDTN/RENIEC (11JUL2022) emitido por la Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles y las Hojas de Elevación Nº 000078-2022/DRC/RENIEC (05JUL2022) y Nº 000087-2022/DRC /RENIEC (12JUL2022) emitida por la Dirección de Registros Civiles; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifican la capacidad y estado civil;

Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Oficinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000023-96-JEF (03ABR1996), se delegó a las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000116-2013/JNAC/RENIEC (05ABR2013), la Jefatura Nacional autorizó el proceso de automatización de las actividades delegadas a las Oficinas de Registros de Estado Civil (OREC) que funcionan en las municipalidades provinciales, distritales o de centros poblados, a nivel nacional, para realizar registros en línea de hechos vitales y actos modificatorios del estado civil de las personas y demás procedimientos registrales utilizando el Sistema Integrado de Registros Civiles y Microformas – SIRCM del RENIEC en el marco de las funciones delegadas mediante la Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF; ampliado a todo tipo de oficinas del sistema registral conforme a las disposiciones de la Directiva DI-425-GOR/013 “Automatización de las actividades registrales en las OREC a nivel nacional”, aprobada mediante Resolución Secretarial Nº 000044-2018/SGEN/RENIEC (11MAY2018);

Que, mediante Resolución Jefatural Nº000086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021), se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del RENIEC y, de...

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