Resolucion jefatural N° 000071-2024-JN/ONPE. Aprueban Padrones Electorales para la elección de representantes de los rectores de las universidades públicas y privadas que conformarán la Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia

Fecha de publicación19 Marzo 2024
SecciónSección Única
Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura

Lima, 18 de marzo de 2024


VISTOS: el Informe N° 000101-2024-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Informe N° 000162-2024-GITE/ONPE de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral; el Informe N° 000046-2024-GG/ONPE de la Gerencia General; así como el Informe N° 000162-2024-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,


CONSIDERANDO:


En el artículo 7 de la Ley N° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (en adelante, LOJNJ), se establece que el cargo de miembro de la Junta Nacional de Justicia (en adelante, JNJ) tiene una duración de cinco (5) años y se encuentra prohibida la reelección inmediata;


Por su parte, en el artículo 70 del mismo cuerpo normativo se dispone que la Comisión Especial es la entidad del Estado a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la JNJ, la cual cuenta con el apoyo de una Secretaría Técnica Especializada y se reactiva cada vez que es necesario elegir a un nuevo miembro de la JNJ;


En ese sentido, el artículo 71 de la LOJNJ determina que la Comisión Especial está conformada por: el Defensor del Pueblo, quien la preside; el Presidente del Poder Judicial; el Fiscal de la Nación; el Presidente del Tribunal Constitucional; el Contralor General de la República; un rector elegido en votación por los rectores de las universidades públicas licenciadas con más de cincuenta (50) años de antigüedad; y un rector elegido en votación por los rectores de las universidades privadas licenciadas con más de cincuenta (50) años de antigüedad;


Así las cosas, para la elección de los rectores representantes de las universidades públicas y privadas que forman parte de la Comisión Especial, el artículo 79 de la LOJNJ regula el procedimiento correspondiente;


Es así que, de acuerdo a lo señalado por el Defensor del Pueblo a través del Oficio N° 288-2024/DP, con fecha 3 de marzo de 2024, se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Jefatural N° 000062-2024-JN/ONPE, por la cual se convoca a la elección de los representantes de los rectores de las universidades públicas y privadas que conformarán la Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la JNJ, que se llevará a cabo el 21 de marzo de 2024;


Ahora bien, en el artículo 79 de la LOJNJ se detalla que el Defensor del Pueblo solicita a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, SUNEDU) remitir el listado de universidades públicas y privadas que reúnan los requisitos exigidos por ley -licenciamiento y antigüedad-;


En este sentido, mediante el Oficio N° 000350-2024-SG/ONPE, de fecha 1 de marzo de 2024, la Secretaria General de esta entidad solicitó al Defensor del Pueblo el referido listado. Ante ello, mediante Oficio N° 039-2023-DP/SG, de fecha 12 de marzo de 2024, el Defensor del Pueblo traslada la información solicitada que le fue remitida por la SUNEDU, mediante el Oficio N° 01068-2024-SUNEDU-DS-DIGRAT-URGT;


En atención a ello, mediante el documento de vistos, la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional informó que se recibió respuesta del Defensor del Pueblo, por lo que correspondía que se elaboren los padrones de electores y se tramite la emisión de la resolución jefatural respectiva. Así, mediante el informe de vistos, la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral elaboró la relación de electores y datos pertinentes para la aprobación de los padrones electorales. Finalmente, la Gerencia General eleva la propuesta a la...

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