Resolucion Jefatural N° 000063-2023/JNAC/RENIEC. Autorizan prórroga de la transferencia del acervo documentario registral de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción; así como de sus respectivos títulos archivados y la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera, de las Oficinas de Registros del Estado Civil automatizadas de diversas Municipalidades Provinciales

Fecha de publicación22 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 21 de marzo del 2023

VISTOS:

La Resolución Jefatural N° 000052-2023/JNAC/RENIEC (27FEB2023), el Informe N° 000228-2023/DRC/SDTN/RENIEC (17MAR2023) emitido por la Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles y la Hoja de Elevación N° 000070-2023/DRC/RENIEC (20MAR2023) emitida por la Dirección de Registros Civiles; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifican la capacidad y estado civil;

Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Oficinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000023-96-JEF (03ABR1996), se delegó a las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 000052-2023/JNAC/RENIEC (27FEB2023), se autorizó la transferencia del acervo documentario registral de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción; así como de sus respectivos títulos archivados y la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera, de las Oficinas de Registros del Estado Civil automatizadas de las Municipalidades Provinciales; conforme al siguiente detalle:

Que, a través del Informe de vistos la Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles, señala que se emitió el Decreto Supremo N.° 008-2023-PCM, que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas...

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