Resolucion Jefatural N° 000008-2023/JNAC/RENIEC. Aprueban el Plan Operativo Institucional para el año fiscal 2023 del RENIEC
Fecha de publicación | 20 Enero 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Lima, 19 de enero del 2023
VISTOS:
La Hoja de Elevación N° 000279-2022/OPP/RENIEC (30DIC2022) y los Memorandos N° 000009-2023/OPP/RENIEC (04ENE2023) y N° 000020-2023/OPP/RENIEC (10ENE2023), de la Oficina de Planificación y Presupuesto; los Informes N° 000158-2022/OPP/UPE/RENIEC (29DIC2022) y N° 000009-2023/OPP/UPE/RENIEC (10ENE2023), de la Unidad de Planificación y Estadística de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Memorando N° 000452-2022/GG/RENIEC (31DIC2022), de la Gerencia General; el Informe N° 000036-2023/OAJ/RENIEC (13ENE2023), de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 26497 se crea el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; en tal virtud, es la entidad encargada, entre otros, de organizar y mantener actualizado el registro único de Identificación de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que el numeral 13.3 del artículo 13° del Decreto Legislativo N° 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme la normativa vigente y se articula con los instrumentos del SINAPLAN;
Que a su vez, el literal c) del artículo 14° del mencionado Decreto Legislativo, señala que las metas de resultados a alcanzar y las metas de productos a lograrse con los créditos presupuestarios que el respectivo presupuesto les aprueba, forman parte del contenido del Presupuesto;
Que por su parte, la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y sus modificatorias, tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;
Que mediante Ley N° 31638 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023 que, entre otros, incluye el Pliego...
VISTOS:
La Hoja de Elevación N° 000279-2022/OPP/RENIEC (30DIC2022) y los Memorandos N° 000009-2023/OPP/RENIEC (04ENE2023) y N° 000020-2023/OPP/RENIEC (10ENE2023), de la Oficina de Planificación y Presupuesto; los Informes N° 000158-2022/OPP/UPE/RENIEC (29DIC2022) y N° 000009-2023/OPP/UPE/RENIEC (10ENE2023), de la Unidad de Planificación y Estadística de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Memorando N° 000452-2022/GG/RENIEC (31DIC2022), de la Gerencia General; el Informe N° 000036-2023/OAJ/RENIEC (13ENE2023), de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 26497 se crea el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; en tal virtud, es la entidad encargada, entre otros, de organizar y mantener actualizado el registro único de Identificación de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que el numeral 13.3 del artículo 13° del Decreto Legislativo N° 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme la normativa vigente y se articula con los instrumentos del SINAPLAN;
Que a su vez, el literal c) del artículo 14° del mencionado Decreto Legislativo, señala que las metas de resultados a alcanzar y las metas de productos a lograrse con los créditos presupuestarios que el respectivo presupuesto les aprueba, forman parte del contenido del Presupuesto;
Que por su parte, la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y sus modificatorias, tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;
Que mediante Ley N° 31638 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023 que, entre otros, incluye el Pliego...
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