RESOLUCION DIRECTORAL N° 823-2015-MTC/15 - Aceptan renuncia de autorización otorgada mediante R.D. N° 4129-2014-MTC/15, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular, presentada por CITV Selva S.A.C

Fecha de disposición19 Abril 2015
Fecha de publicación19 Abril 2015
El Peruano
Domingo 19 de abril de 2015 550967
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad
de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 19 al 22
de abril de 2015, para los f‌i nes expuestos en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado
precedentemente, serán con cargo al presupuesto del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo
al siguiente detalle:
Pasajes aéreos (incluye TUUA,
para dos personas) US $ 883.00
Viáticos (para dos personas) US $ 2,220.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas
mencionadas en el artículo 1, deberán presentar un
informe al Despacho Ministerial, con copia a la Of‌i cina
General de Administración del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas
y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así
como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial
no otorgará derecho de exoneración o liberación de
impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o
denominación.
Artículo 5º.- Encargar al señor Miguel Angel Sánchez
del Solar Quiñones, Director General de la Dirección
General de Transporte Terrestre, las funciones de Director
General de la Dirección General de Transporte Acuático,
a partir del 19 de abril de 2015 y en tanto dure la ausencia
del titular.
Artículo 6º.- Notif‌i car la presente Resolución a los
señores Félix Augusto Vasi Zevallos, Director General de
Transporte Acuático, Lauro Johnny Márquez De Oliveira,
profesional de la Dirección General de Transporte
Acuático, y Miguel Angel Sánchez del Solar Quiñones,
Director General de Transporte Terrestre del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, para los f‌i nes
consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1225999-1
Aceptan renuncia de autorización
otorgada mediante R.D. Nº 4129-2014-
MTC/15, para operar como Centro
de Inspección Técnica Vehicular,
presentada por CITV Selva S.A.C.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 823-2015-MTC/15
Lima, 24 de febrero de 2015
VISTO:
El Parte Diario N° 015754 de fecha 27 de enero del
2015, presentado por la empresa denominada CITV
SELVA S.A.C., solicitando la renuncia de su autorización
otorgada mediante Resolución Directoral N° 4129-2014-
MTC/15.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC
y sus modif‌i catorias se aprueba el Reglamento Nacional
de Inspecciones Técnicas Vehiculares en adelante
Reglamento, que establece los procedimientos de
autorización, funcionamiento y condiciones de operación
de los Centros de Inspección Técnica Vehicular - CITV,
para realizar las inspecciones técnicas vehiculares y
emitir los Certif‌i cados de Inspección Técnica Vehicular;
Que, mediante Resolución Directoral N° 4129-2014-
MTC/15, de fecha 06 de octubre de 2014, se autorizó por
el plazo de cinco (05) años a la empresa CITV SELVA
S.A.C., como Centro de Inspección Técnica Vehicular -
CITV para operar dos (02) líneas de Inspección Técnica
Vehicular Tipo Menor, en el local ubicado en Av. La Marina
Nº 1435 (costado Iglesia Ex Dicosa con Canadá), Distrito
de Punchana, Provincia Maynas, Departamento de
Loreto;
Que, mediante Parte Diario N° 015754 de fecha 17
de febrero de 2015, la empresa CITV SELVA S.A.C.,
presenta escrito solicitando la renuncia de su autorización
como Centro de Inspección Técnica Vehicular, ubicado
en Av. La Marina Nº 1435 (costado Iglesia Ex Dicosa
con Canadá), Distrito de Punchana, Provincia Maynas,
Departamento de Loreto y la devolución de la Carta
Fianza N° 010453822 emitida por el banco Scotiabank por
el monto de $ 50,000.00 dólares americanos (cincuenta
mil dólares americanos);
Que, el literal c) del numeral 46.1 del artículo 46°
de El Reglamento señala que una de las causales
para declarar la conclusión de la autorización es la
renuncia de la autorización formulada por el Centro
de Inspecciones Técnicas Vehiculares autorizado, en
cuyo caso ésta surtirá efectos a los sesenta (60) días
calendario de aprobada la solicitud de renuncia por la
autoridad competente;
Que, el numeral 46.2 del artículo 46° de El Reglamento
señala que con excepción del vencimiento del plazo
de la autorización, los demás casos de conclusión de
la autorización requieren declaración expresa de la
autoridad competente mediante resolución directoral, la
misma que, una vez que quede f‌i rme, será publicada en el
Diario Of‌i cial El Peruano y en otro de extensa circulación
de cada ámbito territorial;
Que, estando a lo opinado por la Dirección de
Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 264-2015-
MTC/15.03, resulta procedente emitir el acto administrativo
correspondiente; en el cual se concluye que La Empresa,
ha cumplido con lo establecido en el numeral 46.2 del
artículo 46° del Reglamento Nacional de Inspecciones
Técnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir
el acto administrativo correspondiente;
De conformidad con la Ley N° 27444 - Ley de
Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29370 - Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de
Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-
2003-MTC y sus modif‌i catorias y el Decreto Supremo Nº
025-2008-MTC y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ACEPTAR la renuncia de la
autorización otorgada mediante Resolución Directoral
N° 4129-2014-MTC/15, presentada por la empresa
CITV SELVA S.A.C., mediante la cual se le otorgó
autorización para operar como Centro de Inspección
Técnica Vehicular – CITV en el local ubicado en Av. La
Marina Nº 1435 (costado Iglesia Ex Dicosa con Canadá),
Distrito de Punchana, Provincia Maynas, Departamento
de Loreto.
Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de
Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías
(SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral
para las acciones de control conforme a su competencia.
Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral
surtirá efectos a los sesenta (60) días calendarios
de aprobada la solicitud de renuncia por la autoridad
competente. Asimismo, una vez quede f‌i rme la presente
Resolución Directoral será publicada en el Diario Of‌i cial
El Peruano y en otro de extensa circulación de cada
ámbito territorial. El costo de la publicación de la presente
Resolución Directoral será asumido por la empresa
solicitante.
Artículo Cuarto.- Córrase traslado a la Of‌i cina de
Finanzas de la Of‌i cina General de Administración del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, una vez
quede f‌i rme la presente Resolución Directoral, para
que se proceda a la devolución de la Carta Fianza N°
010453822 emitida por el banco Scotiabank por el monto
de $ 50,000.00 dólares americanos (cincuenta mil dólares
americanos).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ DEL SOLAR QUIÑONES
Director General
Dirección General de Transporte Terrestre
1225264-1

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