Resolucion directoral N° 625-2023 MGP/DICAPI. Disponen se realice la consulta a la comunidad marítima sobre la propuesta de aprobar el proyecto denominado “Lineamientos para la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias en el marco del Convenio de Londres y su Protocolo”

Fecha de publicación13 Octubre 2023
SecciónSección Única
Autorizan viaje de representante de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros a la República Francesa, para participar en la “68° Sesión del Comité de Gobernanza Pública” de la OCDE

12 de octubre del 2023


Visto, el Informe Técnico N° 003-2022-NORMATIVA/DIRAMAR de fecha 12 de diciembre del 2022, del Jefe del Departamento de Normativa de la Dirección de Administración Marítima de esta Dirección General, mediante el cual recomienda dar trámite al proyecto de resolución directoral de pre publicación del proyecto denominado, “Lineamientos para la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias en el marco del Convenio de Londres y su Protocolo”.


CONSIDERANDO:


Que, mediante documento del visto, el Jefe del Departamento de Normativa de la Dirección de Administración Marítima de esta Dirección General, recomendó dar trámite al proyecto de resolución directoral de pre publicación del proyecto denominado, “Lineamientos para la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias en el marco del Convenio de Londres y su Protocolo”;


Que, el Decreto Legislativo Nº 1147, establece como competencia de la Autoridad Marítima Nacional - Dirección General de Capitanías y Guardacostas, la administración de áreas acuáticas, las actividades que se realizan en el medio acuático y la protección del medio ambiente acuático;


Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1147, aprobado con Decreto Supremo N° 015-2014-DE (en adelante el reglamento), establece los procedimientos para la evaluación del otorgamiento, modificación o renovación de derechos de uso de área acuática;


Que, el numeral (8), artículo 12 del Reglamento, establece que es función de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas autorizar el vertimiento de desechos desde naves, artefactos navales e instalaciones acuáticas, conforme a la normativa nacional, instrumentos internacionales de los que el Perú es parte y otras normas de derecho internacional sobre la materia que puedan ser de aplicación al Estado Peruano; sin perjuicio de la autorización que deban emitir otras autoridades competentes;


Que, el artículo 273.1 del Reglamento, establece que se encuentra prohibido en el medio ambiente acuático toda descarga o vertimiento de sustancias nocivas líquidas a granel o desechos provenientes de naves, artefactos navales, instalaciones acuáticas y cualquier otro tipo de...

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